Pregunta 181 · MIR 2015 — Cálculo de riesgo relativo y riesgo atribuible

Especialidad: Epidemiología y medicina preventiva · Del examen MIR 2015 (convocatoria 2014/15) · Preguntas MIR de Epidemiología y medicina preventiva 2015

Enunciado

Le presentan un estudio de cohortes en el que han participado 1000 mujeres fumadoras y 2000 mujeres de la misma edad no fumadoras. Si al cabo de 5 años, han presentado un ictus 30 mujeres fumadoras y 20 mujeres no fumadoras, ¿cuál sería el riesgo relativo y el riesgo atribuible?

  1. Riesgo relativo = 3, riesgo atribuible = 10 de cada 1000.
  2. Riesgo relativo = 3, riesgo atribuible = 20 de cada 1000.
  3. Riesgo relativo = 1.5, riesgo atribuible = 10 de cada 1000.
  4. Riesgo relativo = 1.5, riesgo atribuible = 30 de cada 1000.
  5. Riesgo relativo = 10 de cada 1000, riesgo atribuible = 3.

Solución

Según la plantilla definitiva del Ministerio de Sanidad

Le presentan un estudio de cohortes en el que han participado 1000 mujeres fumadoras y 2000 mujeres de la misma edad no fumadoras. Si al cabo de 5 años, han presentado un ictus 30 mujeres fumadoras y 20 mujeres no fumadoras, ¿cuál sería el riesgo relativo y el riesgo atribuible?

Respuesta correcta: 2. Riesgo relativo = 3, riesgo atribuible = 20 de cada 1000.

Por qué es esta y no las demás lo ves al responderla aquí, y sin límites con Premium

Por qué es la correcta y por qué no las otras

Primero calcula la incidencia acumulada en cada grupo. En las fumadoras es 30/1000, es decir, 30 por 1000. En las no fumadoras es 20/2000, es decir, 10 por 1000.

El riesgo relativo es el cociente de incidencias: 30/10 = 3. Las fumadoras tienen el triple de riesgo de ictus.

El riesgo atribuible (diferencia de riesgos) es la resta entre expuestos y no expuestos: 30 − 10 = 20 por 1000. Son los ictus por cada 1000 fumadoras a 5 años que se deben al tabaco y que se evitarían si no fumaran.

La trampa es comparar casos absolutos (30 frente a 20) sin dividir por el tamaño de cada grupo.

Por qué no las otras

  • 1. RR = 3 y RA = 10 por 1000. El RR es correcto, pero 10 por 1000 es la incidencia en no expuestos, no la diferencia de riesgos.
  • 3. RR = 1,5 y RA = 10 por 1000. El 1,5 sale de dividir casos absolutos (30/20) sin tener en cuenta que los grupos tienen distinto tamaño. El RA también está mal.
  • 4. RR = 1,5 y RA = 30 por 1000. El RR vuelve a usar casos brutos. Además, 30 por 1000 es la incidencia en expuestos, no lo atribuible a la exposición.
  • 5. Intercambia las medidas. El RR es un cociente sin unidades (3) y el RA es una diferencia de incidencias que se expresa en casos por población (por 1000).

Clave para el MIR: En cohortes: RR = Ie/Io (cociente, sin unidades) y RA = Ie − Io (diferencia, en casos por población). Calcula siempre incidencias; nunca compares casos absolutos.

Respóndela aquí como en el examen: corrección al momento y la explicación de por qué es la correcta y por qué no las demás.

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