Pregunta 193 · FIR 2024 · Legislación y gestión farmacéutica
Especialidad: Legislación y gestión farmacéutica · Del examen FIR 2024 (convocatoria 2023/24, examen del 20 de enero de 2024) · Preguntas FIR de Legislación y gestión farmacéutica 2024
Enunciado
¿Para cuál de las siguientes sustancias la prescripción y dispensación, según la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, se realizará en la correspondiente receta médica, NO siendo precisa la receta oficial de estupefacientes?:
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Solución
Según la plantilla definitiva del Ministerio de Sanidad
¿Para cuál de las siguientes sustancias la prescripción y dispensación, según la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, se realizará en la correspondiente receta médica, NO siendo precisa la receta oficial de estupefacientes?:
Respuesta correcta: 3. Codeína, comprimidos de 28,7 mg.
Por qué es esta y no las demás lo ves al responderla aquí, y sin límites con Premium
Por qué es la correcta y por qué no las otras
La Convención Única de 1961 clasifica las sustancias en listas. Las preparaciones de codeína (y de dihidrocodeína, etilmorfina o folcodina) con ≤100 mg por unidad posológica o una concentración ≤2,5 % en formas no divididas están en la Lista III. Esta lista recoge preparados exentos de muchos controles de estupefacientes. En España, el RD 1675/2012 lo traslada así: estos preparados se prescriben y dispensan con receta médica ordinaria, sin receta oficial de estupefacientes (ROE). Un comprimido de 28,7 mg de codeína queda muy por debajo del umbral. Por eso es la única opción que no exige ROE.
Por qué no las otras
- 1. Petidina en ampollas: es un opioide de la Lista I de la Convención y no tiene ningún régimen de exención por dosis. Siempre exige receta oficial de estupefacientes, sea cual sea la forma farmacéutica.
- 2. Oxicodona en comprimidos de 40 mg: está en la Lista I. Su prescripción y dispensación requieren ROE con cualquier dosis. No hay preparados de oxicodona incluidos en la Lista III.
- 4. Fentanilo sublingual de 600 mcg: es un estupefaciente de la Lista I. Necesita ROE en todas sus presentaciones (transdérmica, sublingual, nasal o parenteral).
Clave para el FIR: Codeína, dihidrocodeína y análogos en dosis ≤100 mg/unidad (o ≤2,5 %) pertenecen a la Lista III y van con receta ordinaria; los opioides mayores de Lista I exigen siempre ROE.
Respóndela aquí como en el examen: corrección al momento y la explicación de por qué es la correcta y por qué no las demás.
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