Pregunta 187 · FIR 2026 · Legislación y gestión farmacéutica
Especialidad: Legislación y gestión farmacéutica · Del examen FIR 2026 (convocatoria 2025/26, examen del 24 de enero de 2026) · Preguntas FIR de Legislación y gestión farmacéutica 2026
Enunciado
¿Qué condiciones deben cumplir los medicamentos con sustancias psicoactivas con potencial adictivo que están incluidas en la lista I de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes?:
Solución
Según la plantilla definitiva del Ministerio de Sanidad
¿Qué condiciones deben cumplir los medicamentos con sustancias psicoactivas con potencial adictivo que están incluidas en la lista I de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes?:
Respuesta correcta: 3. Su dispensación debe registrase en el correspondiente libro de contabilidad de estupefacientes.
Por qué es esta y no las demás lo ves al responderla aquí, y sin límites con Premium
Por qué es la correcta y por qué no las otras
Las sustancias de la lista I de la Convención Única de 1961 (morfina, fentanilo, oxicodona, metadona…) son estupefacientes sometidos al control más estricto. En España su normativa (Ley 17/1967 y desarrollo, RD 1675/2012) exige dos cosas a la farmacia. Primero, que se prescriban en receta oficial de estupefacientes. Segundo, que toda entrada y salida, incluida cada dispensación, se anote en el libro de contabilidad de estupefacientes, que puede ser oficial o electrónico autorizado. De las opciones, solo la 3 describe una obligación real y propia de estos medicamentos. Las demás confunden el tipo de documento o se inventan una restricción que no existe.
Por qué no las otras
- 1. Receta oficial de sustancias psicotrópicas: no existe con ese nombre para la lista I. Estos medicamentos requieren receta oficial de estupefacientes. Los psicótropos (Convenio de 1971) tienen otro régimen distinto.
- 2. Vale de estupefacientes: es el documento para el suministro entre entidades, por ejemplo laboratorio o almacén a farmacia, o a servicios hospitalarios. No sirve para dispensar al paciente, que necesita receta oficial.
- 4. Uso restringido a ensayo clínico: falso. Los opioides de la lista I se comercializan y usan en la práctica clínica habitual. Las sustancias de la lista IV quedan limitadas casi solo a investigación.
Clave para el FIR: Estupefacientes de lista I: receta oficial de estupefacientes para el paciente, vale para el suministro entre entidades y anotación obligatoria en el libro de contabilidad de estupefacientes.
Respóndela aquí como en el examen: corrección al momento y la explicación de por qué es la correcta y por qué no las demás.
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