Pregunta 189 · FIR 2026 · Legislación y gestión farmacéutica
Especialidad: Legislación y gestión farmacéutica · Del examen FIR 2026 (convocatoria 2025/26, examen del 24 de enero de 2026) · Preguntas FIR de Legislación y gestión farmacéutica 2026
Enunciado
¿Cómo se define un medicamento genérico?:
Solución
Según la plantilla definitiva del Ministerio de Sanidad
¿Cómo se define un medicamento genérico?:
Respuesta correcta: 1. Todo medicamento que tenga la misma composición cualitativa y cuantitativa en principios activos y la misma forma farmacéutica, y cuya bioequivalencia con el medicamento de referencia haya sido demostrada por estudios adecuados de biodisponibilidad.
Por qué es esta y no las demás lo ves al responderla aquí, y sin límites con Premium
Por qué es la correcta y por qué no las otras
Es la definición legal del art. 2 del RDL 1/2015 (Ley de garantías y uso racional del medicamento). Se exigen tres cosas: misma composición cualitativa y cuantitativa en principios activos, misma forma farmacéutica y bioequivalencia demostrada frente al medicamento de referencia mediante estudios de biodisponibilidad. La ley añade que las distintas sales, ésteres, isómeros o complejos del principio activo se consideran el mismo principio activo, salvo que difieran significativamente en seguridad o eficacia. Las formas orales de liberación inmediata se consideran una misma forma farmacéutica. El genérico no necesita repetir ensayos clínicos de eficacia: le basta con demostrar la bioequivalencia, habitualmente con IC 90% del cociente de AUC y Cmax entre 80 y 125%.
Por qué no las otras
- 2. Mismo nivel 5 ATC (mismo principio activo) y misma vía de administración. Es la definición de conjunto de referencia del sistema de precios de referencia del SNS, no la de genérico.
- 3. Financiado por el SNS pero no intercambiable en la dispensación. Describe los medicamentos no sustituibles (biológicos, de estrecho margen terapéutico, inhalados…), justo lo contrario de lo que es un genérico.
- 4. Preparado por un farmacéutico o bajo su dirección, para un paciente concreto y según prescripción detallada. Es la fórmula magistral; si se elabora según el Formulario Nacional sin receta individual sería un preparado oficinal.
Clave para el FIR: Genérico = misma composición cuali-cuantitativa en principio activo + misma forma farmacéutica + bioequivalencia demostrada (biodisponibilidad) con el medicamento de referencia (RDL 1/2015).
Respóndela aquí como en el examen: corrección al momento y la explicación de por qué es la correcta y por qué no las demás.
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