Instituciones de Derecho Romano Justinianeo

Apuntes completos de Derecho Romano: fuentes, personas y familia, derechos reales, sucesiones testamentarias, obligaciones, contratos y acciones.

Derecho Romano · Universidad Autónoma de Barcelona · Grado en Derecho · 1.º curso

76 páginas · 10 temas · 29 flashcards · 40 preguntas tipo test

Índice

  1. Parte General — Concepto de justicia, derecho y fuentes · p. 5-12
  2. Personas y Familia — Libertad, ciudadanía y situaciones de potestad · p. 12-17
  3. Personas y Familia — Tutela, curatela y protección de incapaces · p. 17-24
  4. Derechos Reales — Clasificación de las cosas y modos originarios de adquisición · p. 24-29
  5. Derechos Reales — Tradición, usucapión e iura in re aliena · p. 30-37
  6. Derecho Sucesorio — Testamento, formas e institución de heredero · p. 37-43
  7. Derecho Sucesorio — Querela inofficiosi, beneficios hereditarios, legados y fideicomisos · p. 44-51
  8. Obligaciones y Contratos — Obligaciones reales y la fianza · p. 51-56
  9. Obligaciones y Contratos — Obligación verbal y formalismo estipulatorio · p. 56-60
  10. Obligaciones y Contratos — Contratos consensuales y cuasicontratos · p. 61-75

Parte General — Concepto de justicia, derecho y fuentes

Flashcards

¿Cuáles son los tres preceptos del derecho formulados en la tradición romana?
Vivir honestamente (honeste vivere), no dañar a otro (alterum non laedere) y dar a cada uno lo suyo (suum cuique tribuere).
¿Qué habilitó formalmente a los emperadores para dictar constituciones con fuerza vinculante similar a la de una ley?
La promulgación de la Lex Regia, mediante la cual el pueblo romano delegó formalmente su soberanía y poder legislativo en el príncipe.
¿En qué se diferencia el derecho escrito del derecho no escrito en la doctrina jurídica romana?
El derecho escrito comprende las disposiciones promulgadas formalmente por órganos con autoridad normativa, mientras que el derecho no escrito emana de la costumbre consolidada por el uso continuado.

Preguntas tipo test

  1. ¿Cómo definen las fuentes justinianeas la justicia?
    • a) Hábito de acatar las sentencias del pretor
    • b) Ciencia de lo divino y lo humano
    • c) Conjunto de leyes dictadas por magistrados
    • d) Voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho

    Respuesta: d) Voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho. La justicia se concibe como la constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi.

  2. ¿Qué ámbito regula estrictamente el derecho natural según las fuentes?
    • a) Solo las relaciones patrimoniales mercantiles
    • b) Aquello común a hombres y demás animales
    • c) Las disposiciones dictadas por asambleas populares
    • d) Los contratos concertados entre ciudadanos y extranjeros

    Respuesta: b) Aquello común a hombres y demás animales. El derecho natural comprende las reglas y conductas biológicas comunes a todos los animales animados.

  3. ¿Qué ley equiparó la obligatoriedad de los plebiscitos a las leyes para todos los ciudadanos?
    • a) Lex Regia
    • b) Lex Falcidia
    • c) Lex Aquilia
    • d) Lex Hortensia

    Respuesta: d) Lex Hortensia. La Lex Hortensia otorgó a las resoluciones plebeyas la misma fuerza obligatoria que a las leyes comiciales.

Personas y Familia — Libertad, ciudadanía y situaciones de potestad

Flashcards

¿Qué efecto produce la manumisión otorgada en fraude de acreedores según la Lex Aelia Sentia?
El acto es absolutamente nulo y el esclavo no alcanza el estatus de liberto ni adquiere la libertad.
¿En qué condición jurídica nacen los descendientes nacidos de uniones que vulneran las prohibiciones legales de parentesco?
Nacen como hijos espurios (spurii), considerados sin padre legal a efectos de potestad, y son independientes (sui iuris) desde el alumbramiento.
¿Qué elementos del estado civil se pierden en cada uno de los tres grados de la capitis deminutio?
En la máxima se pierden libertad y ciudadanía; en la media se pierde la ciudadanía reteniendo la libertad; en la mínima cambian los vínculos familiares preservando libertad y ciudadanía.

Preguntas tipo test

  1. ¿Cuál es la causa civil por la que un hombre libre se convierte en esclavo?
    • a) Emanciparse sin la autorización del magistrado
    • b) Sufrir una relegación penal perpetua insular
    • c) Celebrar esponsales contraídos sin dote formal
    • d) Venderse siendo mayor de veinte años

    Respuesta: d) Venderse siendo mayor de veinte años. El derecho civil somete a esclavitud al hombre libre mayor de veinte años que consiente ser vendido para aprovecharse del precio.

  2. ¿Qué diferencia sustancial de edad exige el derecho romano en el negocio de la adopción?
    • a) El adoptante debe superar en diez años
    • b) El adoptante debe superar en veinticinco años
    • c) El adoptante debe superar en dieciocho años
    • d) El adoptante debe superar en catorce años

    Respuesta: c) El adoptante debe superar en dieciocho años. La adopción imita a la naturaleza y exige una diferencia mínima de dieciocho años entre adoptante y adoptado.

  3. ¿Qué ocurre con la patria potestad del ciudadano que sufre la pena de relegación insular?
    • a) Se transmite inmediatamente al magistrado local
    • b) Pasa de forma irrevocable al pariente agnado
    • c) Se extingue al sufrir capitis deminutio media
    • d) Se conserva intacta sobre todos sus hijos

    Respuesta: d) Se conserva intacta sobre todos sus hijos. La relegación no priva al condenado de su condición de ciudadano romano, por lo que retiene intacta su potestad familiar.

Personas y Familia — Tutela, curatela y protección de incapaces

Flashcards

¿Puede un pupilo prestar dinero de su patrimonio a un tercero sin que intervenga el tutor?
No puede, ya que no transmite la propiedad del dinero entregado. Al no perfeccionarse el préstamo, las monedas pueden ser reivindicadas o reclamadas por acción personal si se consumieron.
¿Quiénes están legitimados para instar la remoción del tutor sospechoso?
Cualquier persona por su naturaleza casi pública, incluidas mujeres impulsadas por afecto o deber de piedad (madres, hermanas, nodrizas), pero no el propio pupilo impúber.

Preguntas tipo test

  1. ¿Qué efecto produce la compraventa celebrada por un pupilo sin la auctoritas tutoris?
    • a) El contrato queda nulo de pleno derecho
    • b) El vendedor queda obligado y el pupilo no
    • c) Ambas partes deben cumplir íntegramente lo pactado
    • d) El contrato se valida pasados veinticinco años

    Respuesta: b) El vendedor queda obligado y el pupilo no. El negocio claudicante vincula a la parte plenamente capaz pero no genera obligaciones civiles exigibles contra el menor.

  2. ¿Cómo debe prestarse válidamente la auctoritas tutoris en un acto jurídico?
    • a) Mediante ratificación expresa al cabo de un mes
    • b) En presencia simultánea durante el acto del negocio
    • c) Mediante epístola remitida con posterioridad
    • d) Por delegación verbal a través de un esclavo

    Respuesta: b) En presencia simultánea durante el acto del negocio. La auctoritas exige la presencia directa del tutor en el mismo momento del otorgamiento; no cabe por carta ni a posteriori.

  3. ¿Qué consecuencia acarrea la remoción del tutor tramitada por dolo manifiesto?
    • a) Conserva la administración bajo simple fianza
    • b) Incurre automáticamente en nota de infamia
    • c) Pasa a estar sujeto a curatela forzosa
    • d) Se le condena únicamente a pagar costas

    Respuesta: b) Incurre automáticamente en nota de infamia. La destitución por conducta dolosa en el juicio de tutor sospechoso impone la pena de infamia, a diferencia de la negligencia.

Derechos Reales — Clasificación de las cosas y modos originarios de adquisición

Flashcards

¿En qué se diferencia el régimen de un río público del de las aguas del mar según las Instituciones?
Ambos son de uso colectivo, pero el mar y su orilla son comunes a todos los hombres por derecho natural, mientras que los ríos navegables y sus puertos son de titularidad del pueblo o corporaciones públicas, perteneciendo la pesca y navegación a la colectividad.
¿Qué efecto produce la commixtio fortuita entre dos masas de vino o metales de diferentes titulares?
Se genera un régimen de copropiedad o condominio sobre la masa o mezcla resultante en favor de ambos propietarios, manteniéndose idéntica solución legal si el ligamento fue acordado voluntariamente.
¿Por qué la Ley de las XII Tablas prohíbe al dueño de las maderas incorporadas a un edificio ajeno ejercitar la acción reivindicatoria inmediata?
Para tutelar la integridad urbanística y evitar la demolición forzosa de los edificios, sustituyendo la reivindicación transitoria por la actio de tigno iuncto para cobrar el doble del valor de los materiales.

Preguntas tipo test

  1. ¿Hasta qué límite físico abarca legalmente la orilla del mar según el texto?
    • a) Diez pasos tras la rompiente marina
    • b) Donde rompen las olas en invierno
    • c) El comienzo de la vegetación costera
    • d) La línea media de la marea estival

    Respuesta: b) Donde rompen las olas en invierno. Las fuentes determinan expresamente que la orilla marítima comprende la superficie donde arriban las olas invernales más altas.

  2. ¿Cuándo adquiere el cazador la propiedad del animal salvaje que persigue?
    • a) Al causarle una herida invalidante
    • b) Al impedir que escape del coto
    • c) En el instante de su aprehensión física
    • d) Cuando avista a la presa dentro del bosque

    Respuesta: c) En el instante de su aprehensión física. Justiniano consagra que solo la captura y retención efectiva otorgan el dominio, desechando la tesis de la mera persecución.

  3. ¿A quién pertenece un vaso de oro fundido con metal ajeno según la solución justinianea?
    • a) Pasa a ser res nullius ocupable
    • b) Al orfebre por crear especie nueva
    • c) Al propietario de la masa metálica
    • d) A ambos en régimen de copropiedad

    Respuesta: c) Al propietario de la masa metálica. Al tratarse de un metal reducible a su estado primitivo informe, la solución ecléctica concede la propiedad al dueño de la materia.

Derechos Reales — Tradición, usucapión e iura in re aliena

Flashcards

¿En qué circunstancias puede consumarse la usucapión de una cosa mueble ajena que fue transmitida por quien no era su propietario?
Cuando quien enajenó la cosa lo hizo de buena fe sin cometer hurto (sin animus furandi), como el heredero que vende creyendo erróneamente que formaba parte del caudal relicto un bien dejado al causante en comodato o arrendamiento.
¿Por qué el usufructo no puede constituirse originariamente sobre dinero o grano?
Porque son bienes fungibles y consumibles, cuyo aprovechamiento exige consumirlos o enajenarlos, lo que vulneraría la obligación intrínseca de conservar su sustancia (salva rerum substantia).
¿Cómo se resuelve la transmisión posesoria cuando un arrendatario decide comprar la vivienda que ya habita?
Mediante la traditio brevi manu: no se requiere un nuevo acto de desalojo y entrega física, sino el simple acuerdo consentido entre vendedor y comprador.

Preguntas tipo test

  1. ¿Qué plazo fijó Justiniano para adquirir cosas muebles mediante usucapión?
    • a) Diez años entre presentes
    • b) Dos años continuados
    • c) Tres años ininterrumpidos
    • d) Un año de posesión

    Respuesta: c) Tres años ininterrumpidos. El derecho justinianeo amplió el plazo de la usucapión mobiliaria a tres años.

  2. ¿Qué facultad otorga específicamente la servidumbre de actus?
    • a) Canalizar agua de riego
    • b) Conducir ganado o carruajes
    • c) Elevar edificios vecinos
    • d) Exclusivamente caminar a pie

    Respuesta: b) Conducir ganado o carruajes. El actus es la rodera que permite el paso con animales o carros, absorbiendo al iter.

  3. ¿Qué sucede con una cosa hurtada que adquiere un comprador de buena fe?
    • a) La usucape a los tres años
    • b) No la usucape nunca
    • c) Se convierte en dueño de inmediato
    • d) La usucape si pagó precio

    Respuesta: b) No la usucape nunca. La Ley Atinia veta la usucapión de cosas hurtadas incluso a poseedores de buena fe.

Derecho Sucesorio — Testamento, formas e institución de heredero

Flashcards

¿Qué efecto inmediato produce en el negocio testamentario la preterición de un hijo varón situado bajo la potestad del testador?
La preterición de un suus heres varón acarrea la nulidad civil inmediata y automática (ipso iure) de todo el testamento, abriéndose la vía legítima o intestada aun si el hijo muriera antes que el padre.
¿En qué se diferencia el supuesto de hecho que activa una sustitución vulgar del que activa una sustitución pupilar?
La sustitución vulgar opera cuando el instituido principal no llega a adquirir la herencia (por muerte, repudiación o frustración de la condición), mientras que la pupilar actúa una vez que el hijo impúber ha adquirido la herencia del padre pero muere antes de alcanzar la pubertad.
¿Cómo afecta la fijación de un plazo o de una condición físicamente imposible a la designación de un heredero en el derecho romano?
Tanto el término inicial o final como la condición imposible se tienen por no puestos, subsistiendo la institución testamentaria con carácter puro y plenamente eficaz.

Preguntas tipo test

  1. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de instituir heredero bajo una condición imposible?
    • a) El heredero debe cumplir un equivalente
    • b) El testamento se anula de inmediato
    • c) La condición se tiene por no puesta
    • d) Se abre la vía sucesoria intestada

    Respuesta: c) La condición se tiene por no puesta. En materia testamentaria rige la regla civil según la cual la condición imposible se tiene por no puesta, quedando la institución pura.

  2. ¿Qué exigencia formuló Trajano a Estatilio Severo respecto al testamento militar?
    • a) Obligatoriedad de siete sellos consulares
    • b) Redacción escrita en lengua latina
    • c) Manifestación inequívoca e indubitada de testar
    • d) Presencia ineludible de un pretor castrense

    Respuesta: c) Manifestación inequívoca e indubitada de testar. El rescripto de Trajano exige constancia certera de la intención de testar, excluyendo meras charlas informales.

  3. ¿Qué objetivo primordial persiguió la Ley Junia Veleya?
    • a) Prohibir la enajenación del peculio castrense
    • b) Exigir el inventario ante notario público
    • c) Permitir instituir o desheredar a descendientes póstumos
    • d) Abolir la cuota legítima de los libertos

    Respuesta: c) Permitir instituir o desheredar a descendientes póstumos. Reguló la institución o desheredación de descendientes póstumos para evitar la anulación del testamento por cuasi agnación.

Derecho Sucesorio — Querela inofficiosi, beneficios hereditarios, legados y fideicomisos

Flashcards

¿Qué requisito material evita que los legitimarios interpongan con éxito la querela inofficiosi testamenti?
Haber recibido en vida o mortis causa al menos la cuarta parte de la cuota que les correspondería legítimamente en la sucesión abintestato.
¿En qué se diferencia el régimen originario de los legados civiles del nacimiento de los fideicomisos hereditarios?
Los legados requerían fórmulas solemnes y validez testamentaria estricta, mientras que los fideicomisos nacieron como ruegos informales desprovistos de fuerza jurídica hasta la intervención de Augusto.
¿Cómo se ajustan los legados si el importe total de las liberalidades supera las tres cuartas partes del activo líquido?
Se reducen todos de forma proporcional a la cantidad ordenada hasta salvaguardar la cuarta falcidia para el heredero instituido.

Preguntas tipo test

  1. ¿Qué efecto produce la confección regular del beneficio de inventario justinianeo?
    • a) Invalida las mandas y legados excesivos
    • b) Atribuye la masa a los sui heredes
    • c) Limita la responsabilidad del heredero al activo
    • d) Obliga a nombrar a un fideicomisario judicial

    Respuesta: c) Limita la responsabilidad del heredero al activo. El beneficium inventarii impide la confusión patrimonial ultra vires, respondiendo del pasivo únicamente hasta el valor inventariado.

  2. ¿Cuál es la porción mínima reservada al heredero por la ley Falcidia?
    • a) Una tercera parte de las adquisiciones
    • b) La cuarta parte del caudal hereditario líquido
    • c) La mitad íntegra del patrimonio bruto
    • d) Tres cuartas partes de los bienes relictos

    Respuesta: b) La cuarta parte del caudal hereditario líquido. La Lex Falcidia garantiza al heredero instituido la retención de un cuarto neto del haber hereditario (cuarta falcidia).

  3. ¿Qué magistrado imperial asumió la resolución ordinaria de controversias sobre fideicomisos?
    • a) El censor de la curia
    • b) El pretor fideicomisario
    • c) El edil curul testamentario
    • d) El pretor peregrino

    Respuesta: b) El pretor fideicomisario. Tras la reforma de Augusto mediante los cónsules, se creó la figura específica del pretor fideicomisario para tramitar estos litigios.

Obligaciones y Contratos — Obligaciones reales y la fianza

Flashcards

¿Qué efecto diferenciador tiene la entrega de cosas fungibles en el mutuo respecto al comodato?
El mutuo transmite la propiedad y hace recaer el riesgo en el receptor, mientras que el comodato solo cede la tenencia de una cosa no consumible que debe restituirse en su individualidad.
¿Por qué motivo el depositario queda libre de responsabilidad ante la negligencia en la guarda del bien?
Porque presta un servicio gratuito en exclusivo beneficio del depositante; el ordenamiento romano considera que la desidia debe imputarse a la mala elección del depositante.
¿Puede un fiador prometer pura y simplemente diez áureos si el deudor principal prometió pagarlos bajo condición suspensiva?
No, porque la obligación del fiador se tornaría más gravosa en el tiempo que la contraída por el obligado principal, vulnerando el principio de accesoriedad.

Preguntas tipo test

  1. ¿Qué elemento determina el perfeccionamiento de los contratos reales en el derecho justinianeo?
    • a) El consentimiento formalizado
    • b) El juramento de las partes
    • c) La anotación en libros contables
    • d) La entrega material de la cosa

    Respuesta: d) La entrega material de la cosa. Los contratos reales se perfeccionan mediante la dación efectiva del objeto (re contrahitur), no por el mero acuerdo.

  2. ¿Cuál es el grado de responsabilidad que asume el depositario en la conservación de la cosa?
    • a) Por culpa leve y custodia
    • b) Por cualquier desidia material
    • c) Por caso fortuito ordinario
    • d) Exclusivamente por dolo

    Respuesta: d) Exclusivamente por dolo. Al actuar gratuitamente en favor del depositante, el depositario únicamente responde por dolo y no por negligencia.

  3. ¿Qué condición rige los términos y el alcance material de la fianza respecto a la obligación principal?
    • a) No puede concebirse en términos más gravosos
    • b) Debe ser siempre superior en cuantía
    • c) Puede ser más gravosa temporalmente
    • d) Debe formalizarse bajo documento solemne

    Respuesta: a) No puede concebirse en términos más gravosos. El fiador no puede obligarse a más que el deudor principal, aunque sí puede quedar obligado en menor medida o plazo.

Obligaciones y Contratos — Obligación verbal y formalismo estipulatorio

Flashcards

¿En qué se distingue la posición procesal del acreedor que ejercita la condictio de aquel que entabla la actio ex stipulatu?
La condictio se ejercita cuando la estipulación versa sobre un certum (una suma de dinero o una cosa específica y determinada), mientras que la actio ex stipulatu se reserva para reclamar un incertum, como compromisos indeterminados o deberes de hacer y no hacer.
¿Qué función jurídica cumple la adiectio solutionis causa frente a la nulidad de la estipulación a favor de terceros?
Permite designar a un tercero no como titular del crédito, sino únicamente como persona legitimada para recibir el pago con efectos liberatorios plenos para el deudor promitente.
¿Cómo incide la fijación de un lugar de cumplimiento geográficamente distante sobre una estipulación formulada sin fecha expresa?
Incorpora un término o plazo tácito, consistente en el tiempo materialmente necesario para que el deudor pueda viajar al lugar indicado y efectuar la entrega prometida.

Preguntas tipo test

  1. ¿Qué consecuencia acarrea responder cinco cuando el estipulante preguntó si prometía diez?
    • a) Eficacia en suspenso
    • b) Obligación válida por cinco
    • c) Obligación válida por diez
    • d) Nulidad absoluta del negocio

    Respuesta: d) Nulidad absoluta del negocio. La falta de correspondencia cuantitativa exacta rompe la congruencia verbal e invalida por completo la estipulación.

  2. ¿Cuál es la acción para reclamar una suma determinada de dinero nacida de una estipulación?
    • a) Actio comodati
    • b) Actio pigneraticia
    • c) Condictio
    • d) Actio ex stipulatu

    Respuesta: c) Condictio. La condictio es la acción propia de la estipulación cuando su objeto consiste en un certum determinado.

  3. ¿Qué efecto produce someter la estipulación a una condición imposible formulada negativamente?
    • a) Depende de la voluntad pretoria
    • b) El negocio se extingue
    • c) Es pura y exigible inmediatamente
    • d) Se transmite como litigiosa

    Respuesta: c) Es pura y exigible inmediatamente. Al negar un suceso imposible por ley natural, la condición se tiene por cumplida de inicio y la obligación es pura.

Obligaciones y Contratos — Contratos consensuales y cuasicontratos

Flashcards

¿Qué consecuencia patrimonial asume el comprador si el esclavo vendido muere por enfermedad fortuita antes de la entrega?
Debe pagar la totalidad del precio convenido en virtud de la regla periculum est emptoris, sin poder exigir rescisión ni rebaja alguna.
¿Cómo se distingue un contrato de arrendamiento de obra de una compraventa en la fabricación de joyas?
Es compraventa si el orfebre confecciona la obra con su propio oro, y arrendamiento si el comitente aporta el material y retribuye exclusivamente el servicio técnico del artesano.
¿Por qué motivo el gestor de negocios ajenos no puede equipararse jurídicamente a un mandatario?
Porque el gestor actúa espontáneamente por propia iniciativa sin haber recibido encargo o consentimiento alguno del dominus.

Preguntas tipo test

  1. En el régimen clásico de compraventa, el riesgo por destrucción fortuita previa a la entrega:
    • a) Se reparte a partes iguales
    • b) Obliga al vendedor a indemnizar
    • c) Corresponde enteramente al comprador
    • d) Resuelve el contrato automáticamente

    Respuesta: c) Corresponde enteramente al comprador. La regla periculum est emptoris establece que el riesgo fortuito lo soporta íntegramente el comprador.

  2. Si en la fabricación de una túnica el artífice pone la tela y la mano de obra, existe:
    • a) Un mandato no remunerado
    • b) Una compraventa perfecta
    • c) Un arrendamiento de servicios
    • d) Un contrato estimatorio innominado

    Respuesta: b) Una compraventa perfecta. Cuando el artífice suministra la materia prima sobre la que trabaja, el negocio se clasifica como compraventa.

  3. La cláusula societaria que exonera a un socio de toda pérdida y le reserva ganancias es:
    • a) Nula por ser sociedad leonina
    • b) Una donación modal pura
    • c) Un cuasicontrato de mandato
    • d) Válida si aporta industria personal

    Respuesta: d) Válida si aporta industria personal. Servio Sulpicio admitió eximir de pérdidas a quien aporte industria o trabajo valioso para la sociedad.

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Texto del documento

APUNTES DERECHO ROMANO Grado en Derecho Universidad Autónoma de Barcelona AprenAI 2026-2027 Apuntes completos de Derecho Romano: fuentes, personas y familia, derechos reales, sucesiones testamentarias, obligaciones, contratos y acciones.

APREN.AI Índice 1 Parte General — Concepto de justicia, derecho y fuentes Justicia, jurisprudencia y los preceptos fundamentales División tripartita del derecho privado: natural, de gentes y civil Fuentes del derecho: derecho escrito y no escrito La tripartición institucional del derecho Personas y Familia 2 Libertad, ciudadanía y situaciones de potestad Summa divisio personarum: libres y esclavos Régimen de manumisiones y restricciones legales Sujetos sui iuris y alieni iuris: potestas dominical y patria potestas Iustae nuptiae, impedimentos por parentesco y uniones ilícitas Extinción de la potestad y grados de capitis deminutio 3 Tutela, curatela y protección de incapaces Concepto y función de la tutela Nombramiento testamentario y requisitos del tutor La auctoritas tutoris y los negocios claudicantes Régimen de enajenaciones y pago de créditos Curatela y conflicto de intereses procesales Remoción del tutor sospechoso: accusatio suspecti tutoris Derechos Reales 4 Clasificación de las cosas y modos originarios de adquisición Clasificación de las cosas: res intra patrimonium y extra patrimonium Modos de adquisición originaria: la ocupación (occupatio) Transformación de la materia: la especificación (specificatio) Unión y conjunción de cosas: accesión (accessio) 5 Tradición, usucapión e iura in re aliena 1.

La tradición (traditio): entrega y eficacia traslativa 2. La usucapión y la posesión de largo plazo: requisitos y plazos 3. Prohibiciones legales de usucapir: cosas hurtadas y violentas 4. Servidumbres prediales: rústicas y urbanas 5. El usufructo (ususfructus): naturaleza y régimen de extinción 6. Enajenación por no dueños y límites al poder de disposición Derecho Sucesorio Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 1 6 Testamento, formas e institución de heredero 1. Concepto y evolución histórica del testamento 2. Capacidad para otorgar testamento y el privilegio militar 3. Institutio heredis y protección de los descendientes 4. Modalidades de la institución y tipos de sustitución 5.

Ineficacia, ruptura y revocación del testamento 7 Querela inofficiosi, beneficios hereditarios, legados y fideicomisos Protección frente al testamento inoficioso Clases de herederos y el beneficio de inventario Régimen jurídico, objeto y vicisitudes de los legados Límites a la liberalidad y la Ley Falcidia Fideicomisos y noción liminar de la sucesión abintestato Obligaciones y Contratos 8 Obligaciones reales y la fianza Las obligaciones nacidas de la entrega de la cosa El mutuo: préstamo de consumo Comodato: préstamo gratuito de uso Depósito: guarda y custodia gratuita Prenda contractual: entrega en garantía posesoria La fianza (fideiussio) 9 Obligación verbal y formalismo estipulatorio Naturaleza y estructura del contrato verbal: la stipulatio Causas de ineficacia y nulidad de la estipulación Congruencia de la respuesta y prohibición de estipular para terceros Modalidades de la estipulación: término, condición y antecedentes literales 10 Contratos consensuales y cuasicontratos 1.

La compraventa (emptio venditio) 2. Régimen del riesgo: periculum est emptoris y deber de custodia 3. El arrendamiento (locatio conductio) 4. El contrato de sociedad (societas) 5. El mandato (mandatum) 6. Cuasicontratos: la gestión de negocios ajenos (negotiorum gestio) 11 Resumen para repasar Conceptos fundamentales y fuentes del derecho Personas, familia y protección de incapaces Cosas y derechos reales Derecho sucesorio y liberalidades Obligaciones y contratos Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 2 Soluciones de las preguntas de repaso Estos apuntes pueden contener errores u omisiones.

Son un material de apoyo y no sustituyen al temario oficial ni al profesorado: contrasta la información importante. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 3 1 Parte General — Concepto de justicia, derecho y fuentes AL ACABAR SABRÁS Definir con precisión los conceptos romanos de justicia y jurisprudencia. Distinguir con claridad los tres preceptos fundamentales del derecho (tria iuris praecepta). Diferenciar los ámbitos normativos del derecho público y del derecho privado. Clasificar y comparar las fuentes del derecho escrito y del derecho no escrito en Roma.

PIÉNSALO ANTES DE LEER 1 ¿Por qué los juristas romanos consideraban que la esclavitud pertenecía al derecho de gentes y no al derecho natural? El estudio del ordenamiento jurídico romano parte de sus conceptos fundamentales y de las formas en que se manifiestan sus normas. Comprender estas nociones iniciales resulta indispensable para analizar cómo los juristas clásicos y justinianeos articularon la vida en sociedad y resolvieron los conflictos entre particulares.

Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 4 ESQUEMA Estructura general del ordenamiento jurídico romano Justicia, jurisprudencia y los preceptos fundamentales En las fuentes justinianeas, el análisis jurídico arranca con la definición de justicia (iustitia), entendida como la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho. No se trata de un simple deseo pasajero, sino de una disposición interior firme y continuada. Por su parte, la jurisprudencia (iurisprudentia) se describe como el conocimiento de las realidades divinas y humanas, unido a la ciencia de lo que resulta justo e injusto. Esta disciplina combina el saber teórico con la aplicación práctica al caso concreto.

Ordenamiento jurídico romano Conjunto de normas y conceptos fundamentales Derecho público Organización del estado romano Derecho privado Utilidad de los particulares Derecho natural Común a todos los animales Derecho de gentes Común a todos los seres humanos Derecho civil Propio de la ciudadanía romana Fuentes del derecho Vías de producción normativa Derecho escrito Leyes, plebiscitos, senadoconsultos, edictos, constituciones Derecho no escrito Costumbre y mos maiorum Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 5 DEFINICIÓN Los tres preceptos fundamentales del derecho (tria iuris praecepta) sintetizan los deberes ético- jurídicos esenciales que vinculan a todo individuo en la comunidad: Vivir honestamente (honeste vivere): mantener una conducta moral intachable y conforme a las buenas costumbres.

No dañar a otro (alterum non laedere): abstenerse de lesionar la persona o el patrimonio ajeno. Dar a cada uno lo suyo (suum cuique tribuere): atribuir a cada titular aquello que legítimamente le corresponde según el ordenamiento. El ordenamiento jurídico se divide en dos grandes ramas según el interés protegido. El derecho público (ius publicum) es aquel que contempla la organización y el estado de la cosa romana, ocupándose del gobierno y las instituciones colectivas. En cambio, el derecho privado (ius privatum) atañe a la utilidad de los particulares y disciplina sus relaciones patrimoniales y familiares.

COMPRUEBA 2 ¿En qué se fundamenta la distinción entre derecho público y derecho privado según las fuentes romanas? División tripartita del derecho privado: natural, de gentes y civil El derecho privado romano se nutre de una triple vertiente en función del origen y alcance de sus mandatos: el derecho natural, el derecho de gentes y el derecho civil. Derecho natural (ius naturale): es aquel que la propia naturaleza enseñó a todos los animales terrestres, marinos y aéreos. No constituye una prerrogativa exclusiva del ser humano. Derivan de él conductas instintivas universales como la unión biológica entre macho y hembra (asimilada al matrimonio) o la procreación y crianza de la prole.

Se concibe como una regulación firme e inmutable, dispuesta por la providencia. Derecho de gentes (ius gentium): surge de las exigencias vitales y necesidades prácticas comunes a los hombres, establecido por la razón natural entre todas las comunidades. Es común a la especie humana y regula relaciones como los contratos patrimoniales más frecuentes (compraventa, depósito, mutuo o sociedad). Dentro de este derecho se ubican también la guerra y la esclavitud, institución donde un ser humano queda sometido al dominio de otro, aun cuando por naturaleza todos nacen libres (véase «Personas y Familia — Libertad, ciudadanía y situaciones de potestad»).

Derecho civil (ius civile): comprende el conjunto de normas peculiares que cada comunidad política establece para regir a sus propios ciudadanos. Si Atenas tiene sus leyes específicas, Roma posee su ius civile o derecho quiritario (ius Quiritium, derivado de Quirino), aplicable con exclusividad a los ciudadanos romanos. A diferencia de las reglas naturales inmutables, las normas civiles cambian con frecuencia por decisión expresa o por el consentimiento tácito del pueblo. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 6 ERROR FRECUENTE Confundir el derecho natural con el derecho de gentes resta puntos con frecuencia.

Recuerda: el ius naturale rige para todos los animales sin distinción e implica la libertad innata de todos los seres humanos. En contraposición, el ius gentium es exclusivo del género humano y acoge instituciones contrarias al orden natural, tales como la esclavitud provocada por los conflictos bélicos. COMPRUEBA 3 ¿Por qué la esclavitud pertenece al derecho de gentes y no al derecho natural?

Fuentes del derecho: derecho escrito y no escrito El ordenamiento romano clasifica sus fuentes en dos categorías estructurales, reflejando el modelo de las ciudades griegas (Atenas con leyes escritas y Lacedemonia mediante memorización tradicional): el derecho escrito (ius scriptum) y el derecho no escrito (ius non scriptum). El derecho no escrito está integrado por la costumbre y los usos inmemoriales (mos maiorum). Estas prácticas reiteradas en el tiempo, respaldadas por el consentimiento tácito de la comunidad que las acata, adquieren una fuerza vinculante equivalente a la de las leyes formales.

Fuente escrita Órgano o autoridad Definición y características Ley (lex) Comicios populares (pueblo entero) Disposición aprobada por el pueblo romano reunido en asamblea tras la propuesta formal de un magistrado senatorial, como el cónsul. Plebiscito (plebiscitum) Asamblea de la plebe (concilia plebis) Resolución acordada por los plebeyos a instancia de un tribuno. Aunque originalmente no incluía a patricios ni senadores, la Lex Hortensia equiparó su eficacia jurídica a la de las leyes. Senadoconsulto (senatusconsultum) Senado Decisión aprobada por el Senado romano. Se recurrió a ella al multiplicarse la población, haciendo inoperante reunir a las asambleas comiciales.

Constitución imperial (constitutio principis) Emperador Normas dictadas por el príncipe mediante edictos, decretos judiciales o cartas/epístolas. Gozan de fuerza de ley en virtud de la Lex Regia, por la cual el pueblo le confirió su soberanía. Pueden ser de alcance general o de carácter meramente personal. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 7 Fuente escrita Órgano o autoridad Definición y características Edictos de los magistrados (ius honorarium) Pretores y ediles curules Bandos publicados por los magistrados revestidos de honor. Conforman el derecho honorario para corroborar, suplir o corregir el derecho civil.

Respuestas de los prudentes (responsa prudentium) Jurisconsultos autorizados Dictámenes y opiniones de juristas autorizados oficialmente para interpretar el derecho. Cuando sus pareceres resultaban unánimes, vinculaban forzosamente al juez en su sentencia. PARA RECORDARLO El derecho honorario toma su nombre del honor (la dignidad de la magistratura romana). Su función básica respecto al ius civile es triple: corroborar, suplir o corregir sus lagunas y rigideces formales. COMPRUEBA 4 ¿Qué relevancia histórica tuvo la Lex Hortensia respecto a las fuentes del derecho romano?

La tripartición institucional del derecho Toda la materia jurídica romana que se aplica en la práctica procesal se sistematiza en tres grandes ejes institucionales: las personas, las cosas y las acciones. Esta ordenación responde a una lógica didáctica y operativa elemental: carece de sentido estudiar las cosas o las vías de reclamación judicial sin comprender con antelación quiénes son los sujetos para los cuales se concibió el derecho. El estudio del derecho de las personas se inicia con la distinción capital entre sujetos libres y esclavos, así como la posterior diferenciación entre ingenuos y libertos, marco que vertebra toda la capacidad jurídica en Roma.

Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 8 IDEAS CLAVE La justicia es la constante y perpetua voluntad de reconocer y dar a cada uno su derecho (constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi). Los preceptos jurídicos fundamentales son tres: vivir honestamente, no perjudicar a nadie y conceder a cada sujeto lo que le corresponde. El derecho público vela por la estructura de la comunidad romana, mientras que el privado regula los intereses y beneficios de los particulares. El derecho privado se divide en natural (común a todos los animales), de gentes (común a los seres humanos) y civil (propio de cada ciudad).

Las fuentes formales del derecho escrito abarcan leyes, plebiscitos, senadoconsultos, constituciones imperiales, edictos de magistrados y respuestas de jurisconsultos. Todo el sistema jurídico objetivo se distribuye en tres ramas institucionales básicas: personas, cosas y acciones. COMPRUEBA LO QUE HAS APRENDIDO 5. ¿Cuáles son los tres preceptos del derecho formulados en la tradición romana? 6. ¿Qué habilitó formalmente a los emperadores para dictar constituciones con fuerza vinculante similar a la de una ley? 7. ¿En qué se diferencia el derecho escrito del derecho no escrito en la doctrina jurídica romana? Test Rodea la respuesta correcta. Las soluciones están al final. 8.

¿Cómo definen las fuentes justinianeas la justicia? 9. ¿Qué ámbito regula estrictamente el derecho natural según las fuentes? 10. ¿Qué ley equiparó la obligatoriedad de los plebiscitos a las leyes para todos los ciudadanos?

Hábito de acatar las sentencias del pretor a) Ciencia de lo divino y lo humano b) Conjunto de leyes dictadas por magistrados c) Voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho d) Solo las relaciones patrimoniales mercantiles a) Aquello común a hombres y demás animales b) Las disposiciones dictadas por asambleas populares c) Los contratos concertados entre ciudadanos y extranjeros d) Lex Regia a) Lex Falcidia b) Lex Aquilia c) Lex Hortensia d) Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 9 11. ¿Cuál es la función nuclear del derecho honorario respecto al derecho civil?

Sustituir por completo las costumbres arcaicas a) Limitar exclusivamente el derecho público estatal b) Derogar las constituciones de los emperadores c) Corroborar, suplir o corregir sus soluciones d) Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 10 2 Libertad, ciudadanía y situaciones de potestad AL ACABAR SABRÁS Diferenciar la condición jurídica entre ingenuos, esclavos y libertos con arreglo a los modos de manumisión y sus limitaciones. Distinguir a los sujetos sui iuris y alieni iuris conforme al alcance de la potestas dominical y la patria potestad. Reconocer los requisitos de validez de las iustae nuptiae y los efectos filiales de las uniones prohibidas.

Clasificar los tres grados de capitis deminutio relacionándolos con sus supuestos de hecho. PIÉNSALO ANTES DE LEER 12 ¿Puede un recién nacido ser libre si su madre es esclava en el instante preciso del parto? Summa divisio personarum: libres y esclavos El ordenamiento romano organiza a los seres humanos a partir de una distinción primordial: los hombres o son libres o son esclavos. Esta clasificación básica delimita de forma absoluta la titularidad de facultades en el tráfico jurídico. DEFINICIÓN La libertad es la facultad natural de hacer lo que a cada uno le plazca, a no ser que la fuerza o el derecho se lo impidan.

Por el contrario, la esclavitud es una institución del derecho de gentes contraria al derecho natural por la que un hombre es sometido al dominio de otro. El origen del término siervo (servus) deriva de la práctica militar: los generales ordenaban preservar la vida de los cautivos de guerra (servare) en lugar de matarlos. También recibieron la denominación de mancipia por haber sido aprehendidos físicamente de entre los enemigos.

En cuanto a su origen fáctico, los esclavos nacen o se hacen: Personas y Familia 2 Libertad, ciudadanía y situaciones de potestad 3 Tutela, curatela y protección de incapaces Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 11 Por nacimiento: nacen siervos los hijos de madre esclava, pues el parto sigue la condición de la madre en ese instante. Por hechos posteriores: se hacen esclavos conforme al ius gentium mediante la captura bélica. Por ius civile, se convierte en siervo el hombre libre mayor de veinte años que consiente ser vendido para beneficiarse del precio.

Frente a la condición servil, que carece de variantes internas, los hombres libres presentan divisiones: se distinguen primordialmente entre ingenuos y libertos. Categoría Origen del estado de libertad Criterio de atribución Ingenuo (ingenuus) Nacimiento libre continuo o protegido jurídicamente. Hijo de madre libre en el parto o concebido libre, aunque la madre sea sierva al parir. Liberto (libertus) Manumisión solemne o no solemne tras esclavitud previa. Nacido esclavo que obtiene la libertad mediante acto válido de su dueño.

Para determinar la ingenuidad rige el principio del favor libertatis: basta con que la madre haya gozado de libertad en cualquier momento intermedio de la gestación para que el hijo nazca ingenuo, con independencia de si ella cayó de nuevo en servidumbre antes del alumbramiento. Quien nace ingenuo conserva siempre esa condición originaria natural, aun cuando hubiese vivido temporalmente como siervo y fuese manumitido después. COMPRUEBA 13 ¿Qué condición adquiere el hijo concebido por una mujer libre que cae en servidumbre durante el embarazo y pare siendo esclava?

Régimen de manumisiones y restricciones legales La manumissio (dación de la mano o salida de la potestad) es el acto jurídico mediante el cual el dueño confiere la libertad al esclavo propio. Este negocio pertenece al derecho de gentes, ya que presupone la previa existencia de la esclavitud. El ordenamiento reconoce diversas vías para llevar a cabo la liberación: ERROR FRECUENTE No todo acto formal de liberación es válido. La Lex Aelia Sentia declara nulas de pleno derecho las manumisiones celebradas en fraude de acreedores. El esclavo manumitido bajo tales circunstancias no adquiere la libertad.

Modos solemnes: ante el pretor o magistrado provincial mediante la vara (vindicta), incluso en lugares de tránsito como el camino al teatro o las termas; por testamento u otra disposición de última voluntad; o en templos sagrados de acuerdo con constituciones imperiales. 1 Modos no solemnes: declaraciones informales verificadas entre amigos (inter amicos) o por medio de comunicación escrita (per epistulam). 2 Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 12 COMPRUEBA 14 ¿Es válida la manumisión otorgada por un dominus insolvente con la intención deliberada de mermar la prenda de sus deudores?

Sujetos sui iuris y alieni iuris: potestas dominical y patria potestas Las personas libres se agrupan en independientes (sui iuris) y dependientes de una potestad ajena (alieni iuris). Esta sujeción comprende la potestad de los dueños sobre sus siervos y la patria potestad ejercida por el paterfamilias sobre sus descendientes. En virtud de la potestad dominical, los amos gozaban tradicionalmente de un poder absoluto que abarcaba la vida y la muerte, adquiriendo para sí cuanto el esclavo produjese.

Sin embargo, el derecho imperial refrenó estos excesos: Una constitución dictada por Antonino Pío equipara el homicidio injustificado del esclavo propio al castigo aplicable por dar muerte al siervo ajeno. El mismo rescripto imperial ordena a las autoridades provinciales intervenir ante dueños crueles, obligándoles a vender a los esclavos maltratados en condiciones equitativas para impedir que regresen a manos de amos brutales. Por otro lado, la patria potestas sobre los hijos constituye una figura singular y privativa de los ciudadanos romanos. Esta potestad se proyecta sobre todos los descendientes en línea masculina: Los hijos e hijas nacidos de nupcias legítimas.

Los nietos y biznietos concebidos por vía de hijo varón. En cambio, los hijos paridos por una hija mujer no caen bajo la potestad del abuelo materno, sino bajo la de su propio progenitor. Junto a la filiación por nupcias legítimas, la potestad surge a través de la adopción, que reviste dos modalidades: La adopción exige que el adoptante supere en al menos dieciocho años al adoptado, puesto que imita el orden biológico natural. Por ende, los impotentes congénitos pueden adoptar, mas no los castrados. Las mujeres, al carecer de patria potestad sobre sus propios vástagos, solo pueden adoptar mediante autorización imperial expresa como remedio extraordinario a la pérdida trágica de descendientes.

COMPRUEBA 15 ¿Queda sometido a la patria potestad del abuelo materno el hijo que da a luz una mujer bajo potestad? Adrogación: se realiza por rescripto imperial sobre una persona que era independiente (sui iuris), atrayéndola con todo su núcleo familiar a una nueva potestad. 1 Adopción formal: efectuada ante el magistrado sobre quien se encuentra ya bajo potestad ajena (alieni iuris), sea en grado de hijo, nieto o descendiente ulterior. 2 Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 13 Iustae nuptiae, impedimentos por parentesco y uniones ilícitas Las iustae nuptiae consisten en la unión jurídica entre un varón y una mujer orientada a compartir la vida común.

Para que el matrimonio sea plenamente eficaz con arreglo al derecho civil, se precisan requisitos esenciales: Ciudadanía romana de ambos contrayentes. Madurez biológica: púberes masculinos y mujeres núbiles. Consentimiento de los contrayentes y de los ascendientes bajo cuya potestad se hallen. El ordenamiento fija impedimentos insalvables fundados en el parentesco: Línea de parentesco Alcance de la prohibición Efecto de la adopción Línea recta (ascendientes y descendientes) Prohibición perpetua en todos los grados (padres, hijos, abuelos, nietos). El vínculo civil subsiste con efectos prohibitivos permanentes aun tras la emancipación.

Línea colateral (hermanos y parientes) Prohibido el enlace entre hermanos, sean de doble vínculo o unilaterales. Si el nexo nace de adopción civil, la prohibición decae y cesa al producirse la emancipación. Cuando un enlace transgrede estas prescripciones legales, el derecho civil no reconoce existencia jurídica de marido, mujer, matrimonio ni dote. Las uniones en línea recta son sancionadas como crímenes de incesto. PARA RECORDARLO La filiación ilegítima no genera vínculos civiles de potestad. Los hijos de uniones prohibidas se denominan spurii (hijos espurios). Carecen por completo de padre legal, siguen la suerte de la madre y nacen automáticamente como personas sui iuris.

COMPRUEBA 16 ¿Qué consecuencias patrimoniales y de filiación acarrea la celebración de una unión que vulnera los impedimentos matrimoniales? Extinción de la potestad y grados de capitis deminutio La condición de persona dependiente cesa por causas naturales o por modificaciones en la posición jurídica del sujeto. La muerte del paterfamilias convierte de inmediato en sujetos independientes (sui iuris) a los hijos que estaban directamente bajo su mando. Sin embargo, al fallecer el abuelo, los nietos únicamente se independizan si su progenitor no vive o ya se encontraba previamente emancipado; si el padre sobrevive bajo potestad, los nietos pasan a la potestad paterna directa.

La alteración del estado individual se denomina capitis deminutio, clasificada en tres grados: Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 14 ESQUEMA Grados de Capitis Deminutio Grado Alcance de la modificación Supuestos típicos Capitis deminutio máxima Pérdida simultánea de la libertad y de la ciudadanía. Condenas penales graves que conllevan esclavitud de la pena (minas, fieras), venta del hombre libre mayor de veinte años o ingratitud del liberto. Capitis deminutio media Pérdida de la ciudadanía con mantenimiento de la libertad. Deportación a una isla o imposición del castigo de interdicción del agua y del fuego.

Capitis deminutio mínima Variación en el estado familiar manteniendo libertad y ciudadanía intactas. Ingreso de un sujeto independiente a una familia ajena por adrogación o paso a una nueva condición familiar. La deportación penal extingue la patria potestad debido a la pérdida de la ciudadanía; en cambio, la simple relegación a una isla permite al padre conservar intactos sus derechos potestativos sobre sus descendientes, ya que preserva el estatus de ciudadano romano. COMPRUEBA 17 ¿En qué se diferencian las consecuencias de la deportación y de la relegación respecto de la patria potestad? IDEAS CLAVE La summa divisio personarum clasifica a los individuos en libres y esclavos.

La libertad es la facultad natural de obrar según el propio querer salvo prohibición por la fuerza o el derecho. La esclavitud es contraria al derecho natural y deriva del derecho de gentes. La Lex Aelia Sentia anula las manumisiones efectuadas en fraude de acreedores. Los hijos espurios (spurii) nacen sui iuris y carecen de vinculación potestativa paterna. La capitis deminutio opera en tres grados: máxima (pérdida de libertad y ciudadanía), media (pérdida de ciudadanía conservando la libertad) y mínima (cambio del status familiar).

Capitis deminutio Alteración del estado del sujeto Máxima Pérdida de libertad y ciudadanía Media Pérdida de ciudadanía conservando libertad Mínima Cambio del status familiar Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 15 COMPRUEBA LO QUE HAS APRENDIDO 18. ¿Qué efecto produce la manumisión otorgada en fraude de acreedores según la Lex Aelia Sentia? 19. ¿En qué condición jurídica nacen los descendientes nacidos de uniones que vulneran las prohibiciones legales de parentesco? 20. ¿Qué elementos del estado civil se pierden en cada uno de los tres grados de la capitis deminutio?

PERSONAS Y FAMILIA 3 Tutela, curatela y protección de incapaces AL ACABAR SABRÁS Definir el concepto de tutela y los requisitos subjetivos para el nombramiento de tutores testamentarios. Explicar la eficacia de la auctoritas tutoris y el mecanismo funcional de los negocios claudicantes. Determinar las consecuencias patrimoniales del pago y la enajenación sin intervención tutelar. Distinguir la tutela de la curatela y describir el procedimiento de la accusatio suspecti tutoris. PIÉNSALO ANTES DE LEER 21 ¿Puede un menor impúber contratar solo y reclamar judicialmente las ganancias sin estar obligado a pagar el precio convenido?

Concepto y función de la tutela Entre las personas independientes o que no están bajo potestad paterna, algunas requieren un régimen de protección jurídica porque no pueden gobernarse solas. Para suplir esa falta de capacidad natural surge la tutela. Servio Sulpicio Rufo define la tutela como la fuerza y potestad sobre una persona libre, conferida por el derecho civil con el fin de proteger a quien por razón de su edad no puede defenderse por sí mismo. La propia palabra deriva de la función de defensa y cuidado patrimonial y personal que se encomienda al tutor, de modo semejante a los custodios que cuidan de un edificio.

La necesidad tutelar recae fundamentalmente sobre los impúberes (varones menores de 14 años y mujeres menores de 12 años) que han quedado libres de patria potestad. Los ascendientes pueden designar tutores en su testamento a los hijos o descendientes que se encuentren bajo su potestad directa al momento de su muerte. Si un abuelo tiene bajo su potestad a un hijo y a sus nietos, no puede designar tutor a los nietos si el hijo sobrevive, puesto que a su fallecimiento los nietos recaen bajo la potestad directa de su propio padre.

Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 16 DEFINICIÓN La tutela es la institución de protección del derecho civil que otorga potestad a un tutor sobre un sujeto independiente e impúber para salvaguardar su persona y administrar sus bienes. Nombramiento testamentario y requisitos del tutor El testador goza de amplia libertad para designar tutor en su testamento, pudiendo nombrar tanto a personas independientes como a personas sometidas a potestad ajena. Es admisible designar tutor a un esclavo propio siempre que se le otorgue la libertad en el testamento; si no se concede de forma expresa, la designación implica la manumisión tácita.

En cambio, si se nombra al esclavo de un tercero, la designación debe condicionarse formalmente al momento en que obtenga la libertad. Si se nombra a un menor de 25 años o a una persona privada de razón, ejercerán el cargo únicamente cuando alcancen dicha edad o recobren la cordura. El nombramiento tutelar puede quedar sujeto a un término suspensivo, a una condición o preceder a la institución de heredero. Sin embargo, no cabe designar un tutor para un único negocio o un bien aislado: la tutela protege globalmente a la persona del impúber y a la totalidad de su patrimonio.

A falta de tutor testamentario, la Ley de las XII Tablas llama a la tutela legítima de los agnados, que son los parientes por línea masculina descendientes de un ascendiente común varón (hermanos, sobrinos o tíos carnales agnaticios). COMPRUEBA 22 ¿Por qué carece de validez nombrar un tutor testamentario únicamente para administrar una finca concreta del pupilo? La auctoritas tutoris y los negocios claudicantes La capacidad de obrar del pupilo depende de la naturaleza del negocio jurídico celebrado. Rige el principio fundamental de que el pupilo puede mejorar su condición patrimonial por sí mismo, pero no puede empeorarla sin la auctoritas tutoris (autorización cooperativa del tutor).

La auctoritas debe prestarse de forma presencial y simultánea a la conclusión del negocio; carece de eficacia si se remite por carta o se concede a posteriori. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 17 ESQUEMA Eficacia de los actos del pupilo sin auctoritas Cuando el pupilo celebra un negocio bilateral o con obligaciones recíprocas (como una compraventa, un arrendamiento o un depósito) sin la auctoritas, surge un negotium claudicans (negocio claudicante): La otra parte contratante queda plenamente vinculada y obligada frente al menor. El pupilo no queda obligado civilmente, adquiriendo únicamente los derechos y ventajas que nazcan del acto.

Para actos como repudiar o adir una herencia, solicitar la posesión de los bienes hereditarios o aceptar un fideicomiso, se requiere de modo indispensable la auctoritas, con independencia de que la herencia resulte económicamente ventajosa. Tipo de acto jurídico ¿Requiere auctoritas tutoris? Efecto si falta la intervención del tutor Estipular que le entreguen una cosa (adquisición pura de crédito) No Plenamente válido: adquiere el derecho frente al deudor. Comprometerse o prometer por estipulación Sí Nulo o ineficaz frente al pupilo: no queda obligado. Contratos sinalagmáticos (compraventa, arrendamiento) Sí Negocio claudicante: la contraparte queda vinculada, el pupilo no.

Aceptación de herencia o posesión de bienes Sí Ineficaz sin autorización previa o simultánea. Enajenación de bienes o entrega en préstamo Sí No se transmite la propiedad del dinero o cosa entregada. Actos unilaterales favorables Adquiere derechos o créditos válidamente Actos dispositivos o gravosos Ineficaces: enajenaciones o asumir deudas Negocios sinalagmáticos Negotium claudicans Tercero contratante Permanece obligado a cumplir Pupilo No queda obligado civilmente Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 18 ERROR FRECUENTE No asumas que un contrato sinalagmático celebrado sin tutor es radicalmente nulo para ambas partes.

Se trata de un negocio claudicante: la contraparte queda obligada a cumplir sus prestaciones, pero el pupilo no puede ser demandado para cumplir las suyas a menos que el tutor ratifique el negocio o medie enriquecimiento. Régimen de enajenaciones y pago de créditos El pupilo no puede realizar actos dispositivos sobre su patrimonio. Si entrega dinero en concepto de préstamo sin autorización tutelar, no transmite el dominio de las monedas; el negocio no nace como contrato crediticio y las monedas pueden ser reivindicadas mientras permanezcan identificables en poder del receptor.

Si el prestatario consumió el dinero de buena fe, el pupilo dispondrá de la acción de repetición personal; si lo consumió de mala fe, procederá la acción para exigir su exhibición. Para pagar una deuda válidamente a un pupilo se requiere la intervención del tutor. Sin embargo, para salvaguardar de forma definitiva al deudor, la constitución imperial estableció que el deudor se libera con certeza mediante pago al tutor o curador previa autorización judicial.

Si un deudor paga directamente al pupilo sin intervención del tutor, se expone a que el pupilo le reclame de nuevo la deuda; frente a esta reclamación solo podrá defenderse mediante una excepción de dolo si demuestra que el menor aún conserva el dinero o se ha enriquecido con él, pero si el pupilo derrochó o perdió lo cobrado, el deudor será condenado a pagar por segunda vez por haber actuado con ligereza. COMPRUEBA 23 ¿Qué ocurre si un deudor paga directamente una deuda al pupilo sin tutor ni venia judicial y el menor pierde las monedas?

Curatela y conflicto de intereses procesales A diferencia de la tutela, concebida para la falta de madurez de los impúberes, la curatela se destina al cuidado y administración patrimonial en otros supuestos de incapacidad o vulnerabilidad negocial. Los varones y mujeres púberes desde los 14 o 12 años hasta cumplir los 25 años están sujetos a la asistencia de un curador por razón de su inexperiencia negocial.

Asimismo, quedan bajo curatela de sus agnados (según las XII Tablas) o de personas nombradas por los magistrados (prefecto de la ciudad o pretor en Roma, y gobernadores en provincias) los furiosos (locos), los pródigos y aquellos afectados por sorderas, mudez, demencia o dolencias incurables que les impidan gobernar su patrimonio. La tutela y la curatela constituyen cargas públicas; por ello, la ley contempla excusas para declinar el encargo, siendo la más habitual el número de hijos vivos (tres en Roma, cuatro en el resto de Italia o cinco en provincias). Si surge un litigio judicial directo entre el tutor y su pupilo, el tutor no puede actuar a la vez como demandante y defensor.

En tal circunstancia, se nombra procesalmente un curador especial a fin de sostener el pleito, cuya función se extingue en el instante en que concluye el litigio. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 19 Remoción del tutor sospechoso: accusatio suspecti tutoris La accusatio suspecti tutoris (acusación de tutor sospechoso) se remonta a la Ley de las XII Tablas y faculta a remover al tutor que administra infiel o fraudulentamente el patrimonio pupilar. La competencia para tramitar la remoción recae en el pretor en Roma y en los gobernadores en las provincias.

Dicha reclamación posee un carácter casi público: puede ser interpuesta por cualquier persona, admitiéndose la acusación de las mujeres si acreditan afecto familiar o motivos de piedad (madres, abuelas, hermanas o nodrizas). Los impúberes no pueden acusar a sus propios tutores, mientras que los menores púberes sí pueden acusar a sus curadores con el auxilio o consejo de sus familiares. La condición de sospechoso atañe a la falta de fidelidad en la gestión, no a la escasez de recursos patrimoniales: un tutor pobre pero honrado y diligente no debe ser removido, mientras que uno solvente pero malicioso ha de ser destituido.

Si el tutor es apartado judicialmente mediando dolo, incurre de inmediato en la nota de infamia, consecuencia que no se produce si la remoción obedece únicamente a negligencia comprobada. Mientras se sustancia el proceso por sospecha, al tutor se le prohíbe continuar administrando los bienes del pupilo. COMPRUEBA 24 ¿En qué supuesto la sentencia que remueve a un tutor por la accusatio suspecti tutoris acarrea la tacha de infamia? IDEAS CLAVE Servio define la tutela como el poder civil sobre una persona libre para defender a quien por su edad no puede valerse por sí mismo.

El pupilo puede por sí solo mejorar su condición patrimonial, pero requiere indispensablemente la auctoritas tutoris para obligarse o gravar sus bienes. Los negocios con obligaciones recíprocas sin tutor son claudicantes: obligan al tercero contratante, pero no vinculan al pupilo. El pago realizado directamente al pupilo no extingue la deuda con carácter definitivo si el menor no conserva el dinero ni se enriquece. La accusatio suspecti tutoris es una acción casi pública para remover tutores fraudulentos, cuya condena por dolo produce infamia. COMPRUEBA LO QUE HAS APRENDIDO 25. ¿Puede un pupilo prestar dinero de su patrimonio a un tercero sin que intervenga el tutor? 26.

¿Quiénes están legitimados para instar la remoción del tutor sospechoso? Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 20 Test Rodea la respuesta correcta. Las soluciones están al final. 27. ¿Cuál es la causa civil por la que un hombre libre se convierte en esclavo? 28. ¿Qué diferencia sustancial de edad exige el derecho romano en el negocio de la adopción? 29. ¿Qué ocurre con la patria potestad del ciudadano que sufre la pena de relegación insular? 30. ¿Qué grado de capitis deminutio experimenta un sujeto sui iuris que es adoptado mediante adrogación? 31. ¿Qué efecto produce la compraventa celebrada por un pupilo sin la auctoritas tutoris? 32.

¿Cómo debe prestarse válidamente la auctoritas tutoris en un acto jurídico? 33. ¿Qué consecuencia acarrea la remoción del tutor tramitada por dolo manifiesto?

Emanciparse sin la autorización del magistrado a) Sufrir una relegación penal perpetua insular b) Celebrar esponsales contraídos sin dote formal c) Venderse siendo mayor de veinte años d) El adoptante debe superar en diez años a) El adoptante debe superar en veinticinco años b) El adoptante debe superar en dieciocho años c) El adoptante debe superar en catorce años d) Se transmite inmediatamente al magistrado local a) Pasa de forma irrevocable al pariente agnado b) Se extingue al sufrir capitis deminutio media c) Se conserva intacta sobre todos sus hijos d) Capitis deminutio máxima a) Capitis deminutio mínima b) Capitis deminutio media c) Ninguna, pues conserva su capacidad d) El contrato queda nulo de pleno derecho a) El vendedor queda obligado y el pupilo no b) Ambas partes deben cumplir íntegramente lo pactado c) El contrato se valida pasados veinticinco años d) Mediante ratificación expresa al cabo de un mes a) En presencia simultánea durante el acto del negocio b) Mediante epístola remitida con posterioridad c) Por delegación verbal a través de un esclavo d) Conserva la administración bajo simple fianza a) Incurre automáticamente en nota de infamia b) Pasa a estar sujeto a curatela forzosa c) Se le condena únicamente a pagar costas d) Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 21 34.

¿Quiénes se hallan sometidos a curatela obligatoria según las fuentes clásicas? Los extranjeros que residen en territorio romano a) Únicamente los impúberes huérfanos de padre b) Los hijos bajo patria potestad paterna c) Menores de 25 años, locos y pródigos d) Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 22 4 Clasificación de las cosas y modos originarios de adquisición AL ACABAR SABRÁS Clasificar las cosas delimitando las categorías sustraídas del comercio particular. Determinar el momento exacto en que se consuma la ocupación de animales y bienes abandonados. Resolver conflictos de especificación mediante el criterio justinianeo de reversibilidad.

Aplicar el principio superficies solo cedit y las excepciones relativas a la tabla pintada. PIÉNSALO ANTES DE LEER 35 Si un artista pinta un fresco sobre una tabla de madera ajena, ¿debe el cuadro pertenecer al dueño de la tabla o al creador de la obra? El régimen jurídico de los bienes en Roma parte del estudio sistemático de las entidades susceptibles de utilidad económica o tutela jurídica. Para comprender cómo los particulares incorporan elementos a su dominio, la jurisprudencia clásica y justinianea articula una rigurosa división de las cosas y define los modos originarios por los cuales una persona adquiere la propiedad por derecho natural o de gentes.

Derechos Reales 4 Clasificación de las cosas y modos originarios de adquisición 5 Tradición, usucapión e iura in re aliena Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 23 ESQUEMA Estructura de las cosas y modos originarios Clasificación de las cosas: res intra patrimonium y extra patrimonium La delimitación inicial de los bienes distingue entre las cosas integradas en el patrimonio de los particulares (res intra patrimonium) y aquellas que quedan absolutamente excluidas del tráfico económico privado (res extra patrimonium).

Las fuentes diferencian múltiples categorías según la naturaleza o el destino de cada entidad: Cosas comunes a todos (res communes omnium): por disposición del derecho natural pertenecen conjuntamente a la humanidad entera. Comprenden el aire, el agua corriente, el mar abierto y sus litorales. En la franja costera rige el libre uso, extendiéndose jurídicamente hasta el límite donde alcanzan las olas en invierno. Cualquiera puede edificar o aproximarse a ella respetando los monumentos, villas y construcciones preexistentes. Cosas públicas (res publicae): pertenecen a la colectividad del pueblo romano o a corporaciones públicas. Incluyen los ríos navegables perennes y los puertos.

Por derecho de gentes, su uso es enteramente público: cualquier ciudadano ostenta el derecho de navegar, pescar, amarrar embarcaciones en las riberas y realizar labores de carga y descarga de mercancías.

Clasificación de las res Bienes dentro y fuera del tráfico jurídico Res extra patrimonium Sustraídas del dominio de particulares Res communes y publicae Aire, mar, costas, ríos y puertos Res divini iuris Cosas sagradas, religiosas y santas Res intra patrimonium Susceptibles de propiedad privada Modos originarios Adquisición por derecho de gentes Occupatio Toma de posesión de res nullius Specificatio Transformación material en especie nueva Accessio Unión inseparable a una cosa principal Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 24 Cosas de derecho divino (res divini iuris): quedan sustraídas de cualquier dominio particular y se subdividen en: Cosas sagradas (res sacrae): consagradas solemnemente a Dios por los pontífices mediante la liturgia pública autorizada, como los templos.

Cosas religiosas (res religiosae): lugares donde un particular entierra lícitamente el cadáver de un ser humano en terreno de su propiedad, convirtiendo el suelo en sagrado funerario. Cosas santas (res sanctae): protegidas contra transgresiones humanas por una sanción legal, como las murallas y las puertas de las ciudades, asimiladas al derecho divino.

Cosas corporales e incorporales: las primeras se definen como aquellas entidades tangibles que pueden tocarse físicamente (un esclavo, un fundo, oro, plata o un vestido); las segundas corresponden a derechos intangibles creados por el ordenamiento, tales como la herencia, las obligaciones o los derechos reales sobre cosa ajena como el usufructo y las servidumbres (véase «Derechos Reales — Tradición, usucapión e iura in re aliena»). COMPRUEBA 36 ¿Por qué el entierro de un esclavo en un fundo propio convierte ese suelo específico en un lugar religioso?

Modos de adquisición originaria: la ocupación (occupatio) Los modos de apropiación se dividen entre los derivados del derecho civil (creados para ciudadanos mediante leyes o magistraturas) y los originarios fundados en el derecho natural o de gentes, que rigen desde los orígenes de la humanidad conforme a la razón natural. El modo originario paradigmático es la ocupación, consistente en la toma de posesión material de una cosa sin dueño (res nullius) con intención de hacerla propia. Ámbito material Regla de adquisición Peculiaridad en las fuentes Caza de fieras y aves Aprehensión corporal efectiva Herir a la pieza no otorga propiedad mientras no se consume la captura física.

Pesca en ríos y mar Captura del pez en aguas públicas Rige la libertad de pesca en ríos y puertos públicos para cualquier individuo. Cosas del litoral marítimo Hallazgo e invención directa Las piedras preciosas halladas en la playa pertenecen inmediatamente al descubridor. Botín de guerra (occupatio bellica) Captura de bienes del enemigo Los hombres libres apresados se convierten en siervos, pero readquieren su libertad por postliminio si escapan. Cosas abandonadas (res derelictae) Toma material de la cosa El dueño pierde el dominio al desprenderse voluntariamente de ella; quien la recoge se hace dueño en el acto.

Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 25 Respecto a los animales salvajes heridos, surgió una clásica controversia jurisprudencial. Ciertos juristas afirmaron que la pieza herida pertenecía al perseguidor mientras continuara el acecho. Sin embargo, Justiniano consagra que la propiedad solo se consuma con la captura física efectiva, pues median circunstancias imprevisibles que pueden impedir el cobro final de la presa. Asimismo, por derecho natural, pertenecen al dueño los frutos naturales y las crías que den a luz sus propios animales. COMPRUEBA 37 Si un cazador hiere gravemente a un ciervo y un tercero lo intercepta y retiene antes, ¿quién adquiere la propiedad según Justiniano?

Transformación de la materia: la especificación (specificatio) La especificación ocurre cuando una persona, mediante su trabajo e ingenio, transforma una materia ajena creando un objeto nuevo con fisonomía sustancial propia (elaborar vino con uvas ajenas, forjar una copa con oro o plata de otro, o tejer una prenda con lana ajena). Este supuesto originó una disputa teórica central: Escuela Sabiniana: atribuía la propiedad de la nueva especie al dueño de la materia prima, considerando que la obra resultante no podía existir sin el sustrato material originario.

Escuela Proculeyana: adjudicaba el objeto resultante al artífice o especificador, valorando que la forma nueva dada por el trabajo humano extingue la identidad anterior. Solución ecléctica justinianea (media sententia): si la cosa puede reducirse a su estado primitivo e informe (como fundir una vasija de bronce, oro o plata), pertenece al dueño de los metales. Si resulta imposible revertirla a su origen (como el vino y aceite respecto a las aceitunas o uvas), el objeto nuevo se atribuye definitivamente al artífice.

Si el artesano emplea simultáneamente materiales propios y ajenos para la confección (como mezclar mosto propio con miel ajena), el dominio del producto resultante se le asigna sin discusión a él, puesto que ha aportado labor y parte de los materiales. EJEMPLO Si Cayo utiliza uvas recolectadas de la finca de Ticio para producir mosto, la transformación es irreversible: las uvas no pueden reconstituirse. En virtud de la doctrina justinianea, el vino pertenece a Cayo, quien deberá compensar el valor de la materia a Ticio mediante las acciones oportunas. COMPRUEBA 38 ¿Quién se hace dueño de una estatua de bronce forjada por un artífice con metal ajeno?

Unión y conjunción de cosas: accesión (accessio) La accesión tiene lugar cuando dos cosas pertenecientes a distintos amos se unen material o físicamente de modo inseparable o permanente, absorbiendo la cosa principal a la accesoria. Se clasifica según los bienes concurrentes: Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 26 1. Cosas muebles unidas entre sí Cuando un elemento se adhiere a otro de mayor entidad funcional o material, el dueño de lo principal adquiere lo accesorio. Si alguien cose o entreteje púrpura ajena en un vestido propio, la púrpura accede a la túnica, aun siendo de cotización económica superior.

El antiguo titular de la púrpura no puede reivindicar un bien ya extinguido, pero cuenta con la condictio y la acción de hurto para exigir el reembolso pecuniario. 2. Unión de muebles a inmuebles: superficies solo cedit En el ámbito inmobiliario rige el principio supremo superficies solo cedit: todo lo plantado, sembrado o edificado sobre el suelo accede irremediablemente al propietario de dicho terreno. Edificación con materiales ajenos en suelo propio: quien construye adquiere el edificio terminado. No obstante, la Ley de las XII Tablas prohíbe obligar al constructor a demoler el inmueble para restituir las vigas y maderos ensamblados.

El dueño de los materiales dispone de la actio de tigno iuncto para exigir el doble del valor de los materiales integrados. Si el edificio se desploma de forma fortuita, y el dueño de los materiales no cobró el duplo, revive su derecho a reclamarlos con la actio ad exhibendum y su posterior reivindicación. Edificación en suelo ajeno con materiales propios: el dueño del suelo deviene propietario indiscutible del edificio por accesión. 3.

Conflicto especial: la escritura y la tabla pintada (pictura tabulae cedit) Mientras que en la escritura sobre pergamino o papel ajeno las letras ceden al soporte, en la pintura Justiniano consagra una excepción célebre: resulta absurdo que una obra de arte pintada por artistas de la talla de Apeles o Parrasio ceda ante una simple tabla de ínfimo valor. Por ello, la tabla accede a la pintura, haciéndose el pintor dueño del conjunto. Situación procesal y posesoria Acción procedente Mecanismo defensivo El dueño de la tabla retiene el cuadro El pintor de buena fe entabla la actio utilis reivindicatoria reclamando la tabla pintada.

El dueño de la tabla opone válidamente la exceptio doli si el pintor no abona el precio de la tabla. El pintor de buena fe posee materialmente el cuadro El dueño de la tabla intenta recuperar la propiedad de su material. El pintor rechaza la pretensión con la exceptio doli mientras no se le paguen los gastos de la pintura. La tabla fue hurtada por el pintor o un tercero El propietario original conserva expeditas las acciones penales. Dispone sin restricciones de la acción de hurto frente al responsable de la sustracción. ERROR FRECUENTE Creer que la regla de la pintura se aplica igual a los manuscritos.

En el derecho justinianeo, las letras sobre pergamino siempre ceden al dueño del papel (accesión pura), mientras que en la pintura se rompe la regla material y el dueño de la tabla pierde el dominio ante la creación artística, siempre supeditado a las liquidaciones mediante la exceptio doli. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 27 COMPRUEBA 39 ¿Qué recurso procesal protege al pintor poseedor de buena fe frente a la reclamación del dueño de la madera? IDEAS CLAVE Las cosas fuera del patrimonio abarcan las comunes por derecho natural, las públicas y las cosas consagradas al derecho divino.

La orilla del mar llega hasta el punto máximo alcanzado por las olas en los temporales invernales y es de libre uso público. La occupatio sobre animales salvajes requiere el apoderamiento físico efectivo y no se perfecciona por herir a la pieza. En la especificación, la media sententia justinianea otorga la cosa al artífice solo si la materia no puede regresar a su estado originario. Bajo el aforismo superficies solo cedit, las obras y construcciones ceden a favor del dueño del suelo, impidiéndose la demolición de vigas unidas mediante la actio de tigno iuncto por el duplo.

En la pictura se excepciona la regla material común: la tabla cede a la pintura, protegiéndose los gastos de las partes mediante la exceptio doli. COMPRUEBA LO QUE HAS APRENDIDO 40. ¿En qué se diferencia el régimen de un río público del de las aguas del mar según las Instituciones? 41. ¿Qué efecto produce la commixtio fortuita entre dos masas de vino o metales de diferentes titulares? 42. ¿Por qué la Ley de las XII Tablas prohíbe al dueño de las maderas incorporadas a un edificio ajeno ejercitar la acción reivindicatoria inmediata?

DERECHOS REALES 5 Tradición, usucapión e iura in re aliena AL ACABAR SABRÁS Diferenciar los requisitos causales y las modalidades de entrega en la tradición romana. Aplicar los plazos justinianeos y las causas de exclusión objetiva de la usucapión. Clasificar las distintas servidumbres prediales rústicas y urbanas. Explicar el régimen de ejercicio, facultades y causas de extinción del usufructo. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 28 PIÉNSALO ANTES DE LEER 43 ¿Por qué el derecho romano impedía que un comprador de buena fe adquiriera por usucapión un objeto que había sido robado siglos atrás? 1.

La tradición (traditio): entrega y eficacia traslativa La traditio constituye el modo derivativo ordinario de transmitir la propiedad sobre las cosas corporales conforme al derecho de gentes y natural. Consiste en la entrega material y voluntaria de un objeto realizada por su dueño a otra persona. Sin embargo, el simple traspaso posesorio no basta por sí solo para transmitir el dominio: requiere inexcusablemente una base negocial previa reconocida por el ordenamiento, denominada iusta causa traditionis. Esta justa causa puede consistir en una donación, la constitución de una dote u otros actos jurídicos orientados a transferir la titularidad.

En los casos de compraventa, rige una exigencia suplementaria: la propiedad de la cosa entregada no se transmite al comprador hasta que este abona íntegramente el precio convenido, presenta un fiador o garantiza el pago mediante prenda. Esta regla tradicional solo cede si el vendedor decide otorgar crédito de forma voluntaria al comprador, supuesto en el cual el comprador deviene propietario de inmediato con la sola entrega. Respecto a los sujetos que intervienen, la entrega puede ser realizada personalmente por el dueño o bien a través de un tercero que actúe por indicación suya o tenga conferida la administración de su patrimonio.

Asimismo, el requisito del traspaso físico experimenta flexibilizaciones evidentes: Traditio brevi manu: el adquirente ya retenía físicamente la cosa bajo otro título legítimo previo (como arrendamiento, comodato o depósito), bastando el consentimiento del transmitente para convertirlo en propietario sin requerir una devolución formal seguida de nueva entrega. Traditio simbólica: la entrega de las llaves del almacén donde se custodian las mercancías enajenadas transfiere de inmediato el dominio sobre las mismas al comprador.

Tradición a persona indeterminada: ocurre cuando magistrados (pretores o cónsules) arrojan monedas u objetos a la multitud (iactus missilium), adquiriendo el dominio quien primero se apodera físicamente de ellos. DEFINICIÓN La iusta causa traditionis es el fin práctico-jurídico o relación jurídica previa (venta, donación, dote o pago) que justifica el traspaso de la posesión y motiva que dicha entrega opere la pérdida de la propiedad para el transmitente y su adquisición definitiva para el receptor. COMPRUEBA 44 ¿Adquiere la propiedad del objeto un comprador al que se le entrega una cosa sin haber pagado el precio acordado ni haber prestado garantía?

Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 29 2. La usucapión y la posesión de largo plazo: requisitos y plazos La usucapio es el mecanismo adquisitivo del dominio mediante la posesión continuada de una cosa durante el lapso temporal previsto legalmente. Su propósito fundamental radica en evitar la incertidumbre prolongada en las titularidades dominicales y apremiar a los propietarios negligentes a reivindicar oportunamente sus bienes.

Para consumar válidamente la usucapión se exige la concurrencia de posesión material ininterrumpida, buena fe inicial (la creencia honesta de que el transmitente era el dueño legítimo) y un justo título causal (como haber comprado, recibido en donación o en dote). Un error acerca del título obstaculiza la usucapión: quien erróneamente cree haber comprado cuando no existió compraventa efectiva no puede usucapir.

El régimen temporal experimentó una reforma sustancial en el derecho justinianeo frente al sistema del antiguo ius civile: Tipo de bien Plazo en el Ius Civile tradicional Reforma Justinianea Cosas muebles 1 año en cualquier lugar 3 años de posesión ininterrumpida Cosas inmuebles 2 años (limitado al suelo itálico) 10 años entre presentes / 20 años entre ausentes (en todo el territorio del Imperio) En materia de cómputo sucesorio opera la continuidad: la posesión de largo plazo iniciada válidamente por el difunto continúa de forma directa en favor de su heredero (successio possessionis), aun cuando este último descubra que el inmueble era ajeno.

No obstante, si el causante inició su posesión viciada de mala fe, dicha posesión viciosa perjudica enteramente al heredero. 3. Prohibiciones legales de usucapir: cosas hurtadas y violentas No todas las cosas resultan susceptibles de ser adquiridas por el transcurso del tiempo. La legislación romana veda con carácter objetivo la usucapión de determinados bienes, aun frente a terceros poseedores de buena fe: Bienes extrapatrimoniales e inmunes: el hombre libre, las cosas sagradas o religiosas, los esclavos fugitivos y los bienes pertenecientes al Fisco (véase «Derechos Reales — Clasificación de las cosas y modos originarios de adquisición»).

Cosas hurtadas (res furtivae): por mandato de la Ley de las XII Tablas y la Ley Atinia, queda absolutamente prohibida la usucapión de las cosas hurtadas. Esta prohibición no solo afecta al ladrón, sino que inhabilita a cualquier tercero adquirente de buena fe que las haya comprado. El vicio objetivo de hurto únicamente se purga y queda subsanado cuando la cosa retorna formalmente a la disponibilidad de su legítimo dueño. Cosas poseídas con violencia (res vi possessae): vetadas de usucapión por disposición de la Lex Iulia de vi y la ley Plautia. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 30 ERROR FRECUENTE Creer que la buena fe del comprador sana el hurto.

Si el objeto vendido es mueble y ajeno, pero no medió hurto penal (por ejemplo, el heredero que enajena de buena fe creyendo propia una cosa que el causante tenía en comodato o depósito, o el usufructuario que vende erróneamente el hijo de una esclava), el comprador de buena fe sí puede usucapir porque falta la intención delictiva de hurtar (animus furandi). En cambio, mediando hurto previo, ningún tercero de buena fe puede usucapir jamás mientras la cosa no regrese a manos de su dueño. En el ámbito inmobiliario, el apoderamiento pacífico de un predio abandonado o desatendido por su titular no constituye hurto según la jurisprudencia romana clásica y justinianea.

Por consiguiente, si un sujeto se instala en una finca ajena vacante sin violencia e introduce a un tercero que adquiere de buena fe, este último podrá usucapirla cumpliendo los plazos legales frente a las reclamaciones tardías. COMPRUEBA 45 ¿Por qué puede usucapir quien compra a un heredero un bien mueble que el difunto retenía en arrendamiento? 4. Servidumbres prediales: rústicas y urbanas Las servidumbres prediales son derechos reales sobre cosa ajena (iura in re aliena) establecidos entre dos fundos limítrofes o cercanos: un predio dominante que obtiene un beneficio o utilidad directa, y un predio sirviente que soporta una carga o gravamen permanente.

Como cosas incorporales que son, no pueden poseerse materialmente, pero se constituyen válidamente entre particulares mediante pactos y estipulaciones. Instituciones de Derecho Romano Justinianeo 31 ESQUEMA Clasificación de las servidumbres prediales romanas Se dividen tradicionalmente en dos grandes categorías: Servidumbres rústicas Fines agrícolas o de paso entre fundos Iter Derecho de paso personal a pie Actus Paso con carruajes o ganado Via Tránsito pleno que engloba iter y actus Aquaeductus Canalización de agua por predio sirviente Servidumbres urbanas Aprovechamiento y comodidad entre edificios Soporte de carga Apoyo de muros o vigas contiguas Vertido de…

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