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Examen de Historia de España PAU Valencia 2023 · Extraordinaria
Examen de Historia de España de Selectividad de Valencia (PAU) 2023, Extraordinaria (julio): 6 problemas con solución. Con corrección al momento.
Temas del examen: Crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Fernando VII (1808-1833) · La Restauración borbónica y la dictadura de Primo de Rivera (1874-1930) · Evolución política comparada: constituciones, regímenes, dictaduras y Ejército en los siglos XIX y XX (pregunta transversal)
Ejercicio 1ª - Opción a · Crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Fernando VII (1808-1833)
Documento 1
“Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y madura deliberación, que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía, acompañadas de las oportunas providencias y precauciones que aseguren de un modo estable y permanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el grande objeto de promover la gloria, la prosperidad, y el bien de toda la Nación, decretan la siguiente Constitución (…)
Art. 1. La nación española es la unión de los españoles de los dos hemisferios.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 12. La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra (…)
Art. 14. El gobierno de la nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey.
Art 317. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia.”
Fragmento de la Constitución de 1812.
Documento 2
“Por tanto, habiendo oído lo que unánimemente me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y lo que acerca de cuanto aquí se contiene se me ha expuesto en representaciones, que de varias partes del reino se me han dirigido, en las cuales se expresa la repugnancia y disgusto con que así la constitución formada en las Cortes generales y extraordinarias, como los demás establecimientos políticos de nuevo introducidos, son mirados en las provincias; los perjuicios y males que han venido de ellos, y se aumentarían si yo autorizase con mi consentimiento, y jurase aquella constitución; conformándome con tan decididas y generales demostraciones de la voluntad de mis pueblos, y por ser ellas justas y fundadas, declaro que mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha constitución ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias, a saber, los que sean depresivos de los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidas por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido, sino el de declarar aquella constitución y tales decretos nulos y de ningún valor y efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubieran pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo alguno, y sin obligación en mis pueblos y súbditos, de cualquiera clase y condición, a cumplirlos ni guardarlos.”
Dado en Valencia a 4 de mayo de 1814. YO, EL REY
1ª) Responda a una de las dos opciones (Hasta 1 punto)
a) DE LOS DOCUMENTOS 1 y 2. Describa el tipo de fuentes utilizadas.
Ejercicio 1ª - Opción b · La Restauración borbónica y la dictadura de Primo de Rivera (1874-1930)
Documento 3
“A los Trabajadores Españoles y al País en General.
Tras la labor de protesta constantemente ejercitada por las organizaciones obreras contra los abusos de la Administración y las corruptelas de la política que nuestro país padece, la huelga general del 18 de diciembre último, admirable ejemplo de eficacia de la organización y testimonio irrecusable de la capacidad creciente del proletariado español, habría debido producir alguna atenuación, al menos, de los males por todos reconocidos y continuamente denunciados.
[…] es lo cierto que cada día que pasa representa para el proletariado una agravación creciente de la miseria ocasionada por la carestía de las subsistencias y por la falta de trabajo.
[…]
El proletariado organizado ha llegado así al convencimiento de la necesidad de la unificación de sus fuerzas en una lucha común contra los amparadores de la explotación erigida en sistema de Gobierno. Y respondiendo a este convencimiento, los representantes de la Unión General de Trabajadores y los de la Confederación Nacional del Trabajo han acordado por unanimidad:
Primero. […] se impone que el proletariado español emplee la huelga general, sin plazo limitado, como el arma más poderosa que posee para reivindicar sus derechos.
Segundo. Que a partir de este momento […], los organismos proletarios, de acuerdo con sus elementos directivos, procederán a la adopción de todas aquellas medidas que consideren adecuadas al éxito de la huelga general, hallándose preparados para el momento en que haya de comenzar este movimiento.
Tercero. Que los abajo firmantes […], se consideran en el deber de realizar, en relación con las diversas Secciones, todos los trabajos conducentes a organizar y encauzar debidamente el movimiento, así como también de determinar la fecha en que debe ponerse en práctica, teniendo en cuenta las condiciones más favorables para el triunfo de nuestros propósitos. Madrid, 27 de marzo de 1917.”
“El manifiesto”, El Socialista, Madrid, 28-III-1917.
Documento 4
“Españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra salvación que libertarla de los profesionales de la política, de los hombre que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso […].
Pues bien, ahora vamos a recabar todas las responsabilidades y a gobernar nosotros u hombres civiles que representen nuestra moral y doctrina. Basta ya de rebeldías mansas, que, sin poner remedio a nada, dañan tanto y más a la disciplina que esta recia y viril a que nos lanzamos por España y por el Rey.
[…]
No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, ex gobernadores, agentes de la autoridad, patronos, capataces y obreros; audaces e impunes atracos, depreciación de la moneda, francachela de millones de gastos reservados, sospechosa política arancelaria por la tenencia […], rastreras intrigas políticas tomando por pretexto la tragedia de Marruecos, indisciplina social, que hace el trabajo ineficaz y nulo, precaria y ruinosa la producción agrícola e industrial, impune propaganda comunista, impiedad e incultura, justicia influida por la política, descarada propaganda separatista, pasiones tendenciosas alrededor del problema de las responsabilidades […].
No venimos a llorar lástimas y vergüenzas, sino a ponerlas pronto y radical remedio, para lo que requerimos el concurso de todos los buenos ciudadanos. Para ello, y en virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un directorio inspector militar con carácter provisional, encargado de mantener el orden público y asegurar el funcionamiento normal de los ministerios y organismos oficiales […]. Barcelona, 12 de septiembre de 1923.”
“El Manifiesto del General Primo de Rivera”, ABC, Madrid, 14-IX-1923, pp. 7-8.
1ª) Responda a una de las dos opciones (Hasta 1 punto)
b) DE LOS DOCUMENTOS 3 y 4. Describa el tipo de fuentes utilizadas.
Ejercicio 2ª - Opción a · Crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Fernando VII (1808-1833)
Documento 1
“Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y madura deliberación, que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía, acompañadas de las oportunas providencias y precauciones que aseguren de un modo estable y permanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el grande objeto de promover la gloria, la prosperidad, y el bien de toda la Nación, decretan la siguiente Constitución (…)
Art. 1. La nación española es la unión de los españoles de los dos hemisferios.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 12. La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra (…)
Art. 14. El gobierno de la nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey.
Art 317. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia.”
Fragmento de la Constitución de 1812.
Documento 2
“Por tanto, habiendo oído lo que unánimemente me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y lo que acerca de cuanto aquí se contiene se me ha expuesto en representaciones, que de varias partes del reino se me han dirigido, en las cuales se expresa la repugnancia y disgusto con que así la constitución formada en las Cortes generales y extraordinarias, como los demás establecimientos políticos de nuevo introducidos, son mirados en las provincias; los perjuicios y males que han venido de ellos, y se aumentarían si yo autorizase con mi consentimiento, y jurase aquella constitución; conformándome con tan decididas y generales demostraciones de la voluntad de mis pueblos, y por ser ellas justas y fundadas, declaro que mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha constitución ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias, a saber, los que sean depresivos de los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidas por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido, sino el de declarar aquella constitución y tales decretos nulos y de ningún valor y efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubieran pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo alguno, y sin obligación en mis pueblos y súbditos, de cualquiera clase y condición, a cumplirlos ni guardarlos.”
Dado en Valencia a 4 de mayo de 1814. YO, EL REY
2ª) Responda a una de las dos opciones (Hasta 2,5 puntos)
a) DE LOS DOCUMENTOS 1 y 2. Identifique las ideas principales de los textos, situándolas en su contexto histórico y en el núcleo temático correspondiente.
Ejercicio 2ª - Opción b · La Restauración borbónica y la dictadura de Primo de Rivera (1874-1930)
Documento 3
“A los Trabajadores Españoles y al País en General.
Tras la labor de protesta constantemente ejercitada por las organizaciones obreras contra los abusos de la Administración y las corruptelas de la política que nuestro país padece, la huelga general del 18 de diciembre último, admirable ejemplo de eficacia de la organización y testimonio irrecusable de la capacidad creciente del proletariado español, habría debido producir alguna atenuación, al menos, de los males por todos reconocidos y continuamente denunciados.
[…] es lo cierto que cada día que pasa representa para el proletariado una agravación creciente de la miseria ocasionada por la carestía de las subsistencias y por la falta de trabajo.
[…]
El proletariado organizado ha llegado así al convencimiento de la necesidad de la unificación de sus fuerzas en una lucha común contra los amparadores de la explotación erigida en sistema de Gobierno. Y respondiendo a este convencimiento, los representantes de la Unión General de Trabajadores y los de la Confederación Nacional del Trabajo han acordado por unanimidad:
Primero. […] se impone que el proletariado español emplee la huelga general, sin plazo limitado, como el arma más poderosa que posee para reivindicar sus derechos.
Segundo. Que a partir de este momento […], los organismos proletarios, de acuerdo con sus elementos directivos, procederán a la adopción de todas aquellas medidas que consideren adecuadas al éxito de la huelga general, hallándose preparados para el momento en que haya de comenzar este movimiento.
Tercero. Que los abajo firmantes […], se consideran en el deber de realizar, en relación con las diversas Secciones, todos los trabajos conducentes a organizar y encauzar debidamente el movimiento, así como también de determinar la fecha en que debe ponerse en práctica, teniendo en cuenta las condiciones más favorables para el triunfo de nuestros propósitos. Madrid, 27 de marzo de 1917.”
“El manifiesto”, El Socialista, Madrid, 28-III-1917.
Documento 4
“Españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra salvación que libertarla de los profesionales de la política, de los hombre que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso […].
Pues bien, ahora vamos a recabar todas las responsabilidades y a gobernar nosotros u hombres civiles que representen nuestra moral y doctrina. Basta ya de rebeldías mansas, que, sin poner remedio a nada, dañan tanto y más a la disciplina que esta recia y viril a que nos lanzamos por España y por el Rey.
[…]
No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, ex gobernadores, agentes de la autoridad, patronos, capataces y obreros; audaces e impunes atracos, depreciación de la moneda, francachela de millones de gastos reservados, sospechosa política arancelaria por la tenencia […], rastreras intrigas políticas tomando por pretexto la tragedia de Marruecos, indisciplina social, que hace el trabajo ineficaz y nulo, precaria y ruinosa la producción agrícola e industrial, impune propaganda comunista, impiedad e incultura, justicia influida por la política, descarada propaganda separatista, pasiones tendenciosas alrededor del problema de las responsabilidades […].
No venimos a llorar lástimas y vergüenzas, sino a ponerlas pronto y radical remedio, para lo que requerimos el concurso de todos los buenos ciudadanos. Para ello, y en virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un directorio inspector militar con carácter provisional, encargado de mantener el orden público y asegurar el funcionamiento normal de los ministerios y organismos oficiales […]. Barcelona, 12 de septiembre de 1923.”
“El Manifiesto del General Primo de Rivera”, ABC, Madrid, 14-IX-1923, pp. 7-8.
2ª) Responda a una de las dos opciones (Hasta 2,5 puntos)
b) DE LOS DOCUMENTOS 3 y 4. Identifique las ideas principales de los textos, situándolas en su contexto histórico y en el núcleo temático correspondiente.
Ejercicio 3ª - Soberanía · Crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Fernando VII (1808-1833)
3ª) Defina DOS de los conceptos siguientes (Hasta 2 puntos)
Ejercicio 3ª - Absolutismo · Crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Fernando VII (1808-1833)
3ª) Defina DOS de los conceptos siguientes (Hasta 2 puntos)
Ejercicio 3ª - Huelga revolucionaria · La Restauración borbónica y la dictadura de Primo de Rivera (1874-1930)
3ª) Defina DOS de los conceptos siguientes (Hasta 2 puntos)
Ejercicio 3ª - Golpe de Estado · La Restauración borbónica y la dictadura de Primo de Rivera (1874-1930)
3ª) Defina DOS de los conceptos siguientes (Hasta 2 puntos)
Ejercicio 4ª - Opción 1 · Crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Fernando VII (1808-1833)
Documento 1
“Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más detenido examen y madura deliberación, que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía, acompañadas de las oportunas providencias y precauciones que aseguren de un modo estable y permanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el grande objeto de promover la gloria, la prosperidad, y el bien de toda la Nación, decretan la siguiente Constitución (…)
Art. 1. La nación española es la unión de los españoles de los dos hemisferios.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.
Art. 12. La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra (…)
Art. 14. El gobierno de la nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey.
Art 317. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia.”
Fragmento de la Constitución de 1812.
Documento 2
“Por tanto, habiendo oído lo que unánimemente me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y lo que acerca de cuanto aquí se contiene se me ha expuesto en representaciones, que de varias partes del reino se me han dirigido, en las cuales se expresa la repugnancia y disgusto con que así la constitución formada en las Cortes generales y extraordinarias, como los demás establecimientos políticos de nuevo introducidos, son mirados en las provincias; los perjuicios y males que han venido de ellos, y se aumentarían si yo autorizase con mi consentimiento, y jurase aquella constitución; conformándome con tan decididas y generales demostraciones de la voluntad de mis pueblos, y por ser ellas justas y fundadas, declaro que mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha constitución ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias, a saber, los que sean depresivos de los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidas por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido, sino el de declarar aquella constitución y tales decretos nulos y de ningún valor y efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubieran pasado jamás tales actos, y se quitasen de en medio del tiempo alguno, y sin obligación en mis pueblos y súbditos, de cualquiera clase y condición, a cumplirlos ni guardarlos.”
Dado en Valencia a 4 de mayo de 1814. YO, EL REY
4ª) Responda a una de las dos opciones (Hasta 2,5 puntos)
1. Describa los acontecimientos que condujeron a la convocatoria de Cortes en 1810 y la situación posterior tras la restauración del absolutismo (1814-1820), haciendo referencia a las fuentes documentales.
Ejercicio 4ª - Opción 2 · La Restauración borbónica y la dictadura de Primo de Rivera (1874-1930)
Documento 3
“A los Trabajadores Españoles y al País en General.
Tras la labor de protesta constantemente ejercitada por las organizaciones obreras contra los abusos de la Administración y las corruptelas de la política que nuestro país padece, la huelga general del 18 de diciembre último, admirable ejemplo de eficacia de la organización y testimonio irrecusable de la capacidad creciente del proletariado español, habría debido producir alguna atenuación, al menos, de los males por todos reconocidos y continuamente denunciados.
[…] es lo cierto que cada día que pasa representa para el proletariado una agravación creciente de la miseria ocasionada por la carestía de las subsistencias y por la falta de trabajo.
[…]
El proletariado organizado ha llegado así al convencimiento de la necesidad de la unificación de sus fuerzas en una lucha común contra los amparadores de la explotación erigida en sistema de Gobierno. Y respondiendo a este convencimiento, los representantes de la Unión General de Trabajadores y los de la Confederación Nacional del Trabajo han acordado por unanimidad:
Primero. […] se impone que el proletariado español emplee la huelga general, sin plazo limitado, como el arma más poderosa que posee para reivindicar sus derechos.
Segundo. Que a partir de este momento […], los organismos proletarios, de acuerdo con sus elementos directivos, procederán a la adopción de todas aquellas medidas que consideren adecuadas al éxito de la huelga general, hallándose preparados para el momento en que haya de comenzar este movimiento.
Tercero. Que los abajo firmantes […], se consideran en el deber de realizar, en relación con las diversas Secciones, todos los trabajos conducentes a organizar y encauzar debidamente el movimiento, así como también de determinar la fecha en que debe ponerse en práctica, teniendo en cuenta las condiciones más favorables para el triunfo de nuestros propósitos. Madrid, 27 de marzo de 1917.”
“El manifiesto”, El Socialista, Madrid, 28-III-1917.
Documento 4
“Españoles: Ha llegado para nosotros el momento más temido que esperado (porque hubiéramos querido vivir siempre en la legalidad y que ella rigiera sin interrupción la vida española) de recoger las ansias, de atender el clamoroso requerimiento de cuantos amando la Patria no ven para ella otra salvación que libertarla de los profesionales de la política, de los hombre que por una u otra razón nos ofrecen el cuadro de desdichas e inmoralidades que empezaron el año 98 y amenazan a España con un próximo fin trágico y deshonroso […].
Pues bien, ahora vamos a recabar todas las responsabilidades y a gobernar nosotros u hombres civiles que representen nuestra moral y doctrina. Basta ya de rebeldías mansas, que, sin poner remedio a nada, dañan tanto y más a la disciplina que esta recia y viril a que nos lanzamos por España y por el Rey.
[…]
No tenemos que justificar nuestro acto, que el pueblo sano demanda e impone. Asesinatos de prelados, ex gobernadores, agentes de la autoridad, patronos, capataces y obreros; audaces e impunes atracos, depreciación de la moneda, francachela de millones de gastos reservados, sospechosa política arancelaria por la tenencia […], rastreras intrigas políticas tomando por pretexto la tragedia de Marruecos, indisciplina social, que hace el trabajo ineficaz y nulo, precaria y ruinosa la producción agrícola e industrial, impune propaganda comunista, impiedad e incultura, justicia influida por la política, descarada propaganda separatista, pasiones tendenciosas alrededor del problema de las responsabilidades […].
No venimos a llorar lástimas y vergüenzas, sino a ponerlas pronto y radical remedio, para lo que requerimos el concurso de todos los buenos ciudadanos. Para ello, y en virtud de la confianza y mandato que en mí han depositado, se constituirá en Madrid un directorio inspector militar con carácter provisional, encargado de mantener el orden público y asegurar el funcionamiento normal de los ministerios y organismos oficiales […]. Barcelona, 12 de septiembre de 1923.”
“El Manifiesto del General Primo de Rivera”, ABC, Madrid, 14-IX-1923, pp. 7-8.
4ª) Responda a una de las dos opciones (Hasta 2,5 puntos)
2. Explique la crisis del liberalismo político en el reinado de Alfonso XIII, y las consecuencias de la Gran Guerra y la actividad de la oposición, haciendo referencia a las fuentes documentales.
Ejercicio 5ª - Opción 1 · Evolución política comparada: constituciones, regímenes, dictaduras y Ejército en los siglos XIX y XX (pregunta transversal)
5ª) Responda una de las dos opciones (Hasta 2 puntos)
1. Desarrolle brevemente cómo evolucionan los principios de soberanía, separación de poderes y libertades en los textos constitucionales a lo largo del siglo XIX.
Ejercicio 5ª - Opción 2 · Evolución política comparada: constituciones, regímenes, dictaduras y Ejército en los siglos XIX y XX (pregunta transversal)
5ª) Responda una de las dos opciones (Hasta 2 puntos)
2. Explique las principales insurrecciones sociales y golpes de Estado militares en la historia de la España del siglo XX.
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