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Examen de Historia de España PAU País Vasco 2025 · Ordinaria

Examen de Historia de España de Selectividad de Euskadi (PAU/EAU) 2025, Ordinaria (junio): 4 problemas con solución. Con corrección al momento.

Temas del examen: La Restauración: sistema canovista, crisis de 1898, 1909 y 1917 y Primo de Rivera (1875-1930) · La industrialización en el País Vasco y la gestación de una sociedad plural (1875-1930) · La II República: caída de la monarquía, Constitución de 1931, bienios y Frente Popular (1931-1936) · La dictadura franquista I: posguerra, represión y autarquía (1939-1959) · La dictadura franquista II: desarrollismo, oposición y crisis (1959-1975) · La Transición: Constitución de 1978 y Estatuto de Gernika (1975-1982)

Problema 1 · La II República: caída de la monarquía, Constitución de 1931, bienios y Frente Popular (1931-1936)

PREGUNTA 1 (2 puntos): Reflexión crítica de las fuentes.

Acabas de entrar en la revista de tu instituto como responsable de la sección de divulgación histórica. Los compañeros te han comentado que disponen de algún texto realizado mediante ChatGPT, pero que dudan sobre su rigurosidad. De modo que te han solicitado la revisión del siguiente texto para detectar y corregir posibles errores. Cinco son los errores a localizar.

“Dejad que la mujer se manifieste como es, para conocerla y para juzgarla; respetad su derecho como ser humano; (...) y si el derecho constituyente, como norma jurídica de los pueblos civilizados, cada día se aproxima más al concepto de tiranía, no nos invoquéis el trasnochado principio aristotélico de la desigualdad de los seres desiguales (...). Dejad, además, a la mujer que actúe en Derecho, que será la única forma que se eduque en él, fueren cuales fueren los tropiezos y vacilaciones que en principio tuviere.

(...) Yo me he regocijado pensando en que esta Constitución será, por su época y por su espíritu, la mejor, hasta ahora, de las que existen en el mundo civilizado, la más libre, la más avanzada, y he pensado también en ella como en aquel decreto del Gobierno provisional que a los quince días de venir la Monarquía hizo más justicia a la mujer que la hicieron veinte siglos de República. Pienso que es el último país latino en que el derecho [de sufragio] a la mujer va a ser reconocido, en que puede levantarse en una Cámara latina la voz de una mujer, una voz modesta como ella, pero que nos quiere traer las auras de la verdad, y me enorgullezco con la idea de que sea mi Francia la que alce esa bandera de liberación de la mujer (...). Y yo digo, señores legisladores: (...) no dejéis que sea otra nación latina la que pueda poner a la cabeza de su Constitución, en días próximos, la liberación de la mujer, vuestra compañera.

Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes de la República Española, sesión celebrada el día 1 de septiembre de 1931”.

Responde a estos dos apartados:

1.1.- Identifica las 5 informaciones incorrectas (1 punto)

1.2.- Corrige los errores detectados (1 punto)

#

1.1. Información incorrecta

1.2. Corrección

Ejercicio 2.1 · La Restauración: sistema canovista, crisis de 1898, 1909 y 1917 y Primo de Rivera (1875-1930)

PREGUNTA 2 (2 puntos): Selecciona UNO de los acontecimientos históricos propuestos e identifica y explica LAS PRINCIPALES CAUSAS del mismo (máximo 150 palabras):

2.1. La crisis de 1917.

Ejercicio 2.2 · La industrialización en el País Vasco y la gestación de una sociedad plural (1875-1930)

PREGUNTA 2 (2 puntos): Selecciona UNO de los acontecimientos históricos propuestos e identifica y explica LAS PRINCIPALES CAUSAS del mismo (máximo 150 palabras):

2.2. La revolución industrial vizcaína.

Ejercicio 3.1 · La dictadura franquista II: desarrollismo, oposición y crisis (1959-1975)

PREGUNTA 3 (2 puntos): Selecciona UNO de los acontecimientos históricos propuestos e identifica y explica LAS PRINCIPALES CONSECUENCIAS del mismo (máximo 150 palabras):

3.1. El franquismo en el País Vasco: crecimiento económico y cambio social.

Ejercicio 3.2 · La dictadura franquista I: posguerra, represión y autarquía (1939-1959)

PREGUNTA 3 (2 puntos): Selecciona UNO de los acontecimientos históricos propuestos e identifica y explica LAS PRINCIPALES CONSECUENCIAS del mismo (máximo 150 palabras):

3.2. La autarquía económica.

Ejercicio 4.1 · La industrialización en el País Vasco y la gestación de una sociedad plural (1875-1930)

PREGUNTA 4 (4 puntos): Comentario de texto.

Escoge UNO de los dos textos y realiza un análisis crítico del mismo.

4.1. TEXTO 11: ESTATUTOS DEL EUSKELDUN BATZOKIJA (1894)

«Art. 1º. Con el nombre de Euskeldun Batzokija se funda en la villa de Bilbao un Centro recreativo, cuyo objeto es el de establecer estrechos lazos de unión y amistad entre los vecinos (...) que profesan las doctrinas contenidas en el lema Bizkaino Jaun Goikua eta Lagi-Zarra.

Art. 2º. Una vez fundada la Asociación General de Bizkaya, cuyo nombre será Bizkai-Batzar y cuyos estatutos serán redactados por Arana eta Goiri’tar Sabino, Euskeldun Batzokija se someterá a ella (...).

Art. 3º. Jaungoikua. Bizkaya será católica-apostólica-romana en todas las manifestaciones de su vida interna y en sus relaciones con los demás pueblos.

Art. 4º. Lagizarra. Bizkaya se reconstituirá libremente. Restablecerá en toda su integridad lo esencial de sus Leyes tradicionales llamadas Fueros. Restaurará los buenos usos y las buenas costumbres de nuestros mayores. Se constituirá, si no exclusivamente, principalmente con familias de raza euskeriana. Señalará al euskera como lengua oficial.

Art. 5º. Eta. Bizkaya se establecerá sobre una perfecta armonía y conformidad entre el orden religioso y el político, entre lo divino y lo humano.

Art. 6º. Distinción de Jaungoikua y Lagizarra. Bizkaya se establecerá sobre una clara y marcada distinción entre el orden religioso y el político, entre lo eclesiástico y lo civil.

Art. 7º. Anteposición de Jaungoikua a Lagizarra. Bizkaya se establecerá sobre una completa e incondicional subordinación de lo político a lo religioso, del Estado a la Iglesia.

Art. 8º. Siendo Bizkaya, por su raza, su lengua, su fe, su carácter y sus costumbres, hermana de Alaba, Benabarre, Gipuzkoa, Lapurdi, Nabarra y Zuberoa, se ligará o confederará con estos seis pueblos para formar el todo llamado Euskelerria (Euskeria), pero sin mengua de su particular autonomía. (...).»

Bizkaitarra (Bilbao), 24 de mayo de 1894.

Ejercicio 4.2 · La Transición: Constitución de 1978 y Estatuto de Gernika (1975-1982)

4.2. TEXTO 23: CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 (29-12-1978)

Don Juan Carlos I, Rey de España, a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han aprobado y el pueblo español ratificado la siguiente Constitución:

Artículo 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Art. 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Art. 66. 1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

Art. 98. 1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.

Art. 117. 1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

Art. 143. 1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes (...) podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.

DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera. La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA. 2. En tanto en cuanto pudiera conservar alguna vigencia, se considera definitivamente derogada la Ley de 25 de octubre de 1839 en lo que pudiera afectar a las provincias de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya. En los mismos términos se considera definitivamente derogada la Ley de 21 de julio de 1876.

Aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978 y en referéndum el 6 de diciembre de 1978.

Boletín Oficial del Estado, 29 de diciembre de 1978.

Realiza el comentario histórico del texto propuesto: identifica su naturaleza, origen y contexto histórico, analiza las ideas principales del documento y expón el proceso de elaboración de la Constitución de 1978, sus características políticas y territoriales esenciales, así como la trascendencia de la cuestión foral.

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