Ejercicio Práctica III · Sistema constitucional español UOC Examen / Prueba de Síntesis. Modelo 2
Tema: La forma de gobierno: monarquía parlamentaria, Cortes y Gobierno · Del examen Examen / Prueba de Síntesis. Modelo 2
Enunciado
Práctica III (4 puntos). Facultades del Presidente: moción de censura, cuestión de confianza y disolución de Cortes
Supuesto de hecho:
El Presidente del Gobierno considera que la situación política del Estado resulta inasumible y que se precisan modificaciones de calado, ya sea mediante una remodelación en el seno del propio Ejecutivo o mediante la convocatoria de nuevos comicios.
A partir de este escenario, responda razonadamente a las siguientes cuestiones:
a.
¿Tiene el Presidente del Gobierno la potestad de presentar una moción de censura? De ser factible, ¿con qué mayoría debe prosperar?
b.
¿Puede el Presidente del Gobierno plantear una cuestión de confianza? Si es afirmativo, ¿qué mayoría parlamentaria se exige para considerarla otorgada?
c.
¿Está facultado el Presidente del Gobierno para disolver las Cortes Generales de forma anticipada antes del agotamiento ordinario de la legislatura?
d.
¿Resulta jurídicamente posible que el Presidente del Gobierno disuelva de forma anticipada únicamente el Congreso de los Diputados?

Solución
Según los criterios oficiales de corrección
a. ¿Tiene el Presidente del Gobierno la potestad de presentar una moción de censura? De ser factible, ¿con qué mayoría debe prosperar?
Solución: No. La moción de censura es una prerrogativa exclusiva de control parlamentario ejercida por el Parlamento sobre el Ejecutivo y no una herramienta del Gobierno. Conforme al artículo 113 CE, su presentación compete exclusivamente a los Diputados (mínimo una décima parte del Congreso) debiendo incluir necesariamente a un candidato alternativo a la presidencia, y solo queda aprobada si obtiene el voto favorable de la mayoría absoluta del Congreso.
b. ¿Puede el Presidente del Gobierno plantear una cuestión de confianza? Si es afirmativo, ¿qué mayoría parlamentaria se exige para considerarla otorgada?
Solución: Sí. La cuestión de confianza es una iniciativa privativa del Presidente del Gobierno (artículo 112 CE) con la que busca reforzar o revalidar el respaldo de la Cámara Baja a su programa o a una declaración política. Para plantearla requiere la previa deliberación del Consejo de Ministros. Se entiende otorgada la confianza si vota a favor la mayoría simple de los miembros del Congreso de los Diputados.
c. ¿Está facultado el Presidente del Gobierno para disolver las Cortes Generales de forma anticipada antes del agotamiento ordinario de la legislatura?
Solución: Sí. En virtud del artículo 115 CE, el Presidente del Gobierno puede decretar la disolución anticipada de las Cortes Generales. Dicha decisión exige la deliberación previa del Consejo de Ministros, pero se adopta bajo la exclusiva y personal responsabilidad del Presidente, procediendo a fijar la fecha electoral en el mismo decreto.
d. ¿Resulta jurídicamente posible que el Presidente del Gobierno disuelva de forma anticipada únicamente el Congreso de los Diputados?
Solución: Sí. El artículo 115 CE faculta al Presidente para disolver conjuntamente las Cortes Generales o bien de manera separada e independiente cualquiera de las dos cámaras (sólo el Congreso o sólo el Senado), con el único requisito procedimental de haberlo deliberado con anterioridad en el Consejo de Ministros.
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