Pregunta 10 · Historia de España PAU La Rioja Extraordinaria 2021

Tema: La Transición democrática (1975-1982): Constitución de 1978, Estado de las Autonomías e integración en Europa · Del examen Extraordinaria (2021)

Enunciado

Pregunta 10 (2 puntos). Explica el proceso de elaboración y aprobación de la Constitución de 1978, y sus características esenciales.

Enunciado: Pregunta 10 · Historia de España PAU La Rioja Extraordinaria 2021

Solución

Según los criterios oficiales de corrección

Explica el proceso de elaboración y aprobación de la Constitución de 1978, y sus características esenciales.

Solución: 1. Proceso de elaboración y aprobación: - Origen y Ponencia: Tras las elecciones democráticas del 15 de junio de 1977, las Cortes asumieron un carácter constituyente. En el seno de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso se nombró una Ponencia formada por siete diputados («padres de la Constitución»): tres de UCD (G. Cisneros, M. Herrero de Miñón, J. P. Pérez-Llorca), uno del PSOE (G. Peces-Barba), uno del PCE-PSUC (J. Solé Tura), uno de AP (M. Fraga) y uno del Grupo Parlamentario de Minoría Catalana (M. Roca). - El consenso: El texto fue fruto del pacto y la renuncia mutua de las principales fuerzas políticas, buscando una norma integradora que evitara el sesgo partidista de las constituciones históricas precedentes. - Aprobación: El 31 de octubre de 1978 el texto fue aprobado en sesiones plenarias simultáneas por el Congreso y el Senado con una amplia mayoría. El pueblo español ratificó la Constitución en referéndum el 6 de diciembre de 1978. Fue sancionada y promulgada por el rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978, fecha en que entró en vigor. 2. Características esenciales: - Definición del Estado: España se constituye en un «Estado social y democrático de Derecho», que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político (Art. 1.1). - Soberanía y forma política: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (Art. 1.2), y la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria (Art. 1.3), donde el rey ejerce funciones moderadoras y representativas pero carece de poder ejecutivo («reina pero no gobierna»). - División de poderes: Poder legislativo bicameral (Congreso de los Diputados y Senado), poder ejecutivo en manos del Gobierno y su Presidente (sometido al control parlamentario) y poder judicial independiente (organizado en tribunales y encabezado por el Consejo General del Poder Judicial, junto al Tribunal Constitucional como intérprete supremo de la Constitución). - Amplia declaración de derechos y libertades: Reconoce derechos fundamentales y libertades públicas individuales y colectivas (huelga, sindicación, reunión, etc.), así como deberes y principios rectores de la política económica y social. Estado aconfesional pero con mención a la Iglesia católica y libertad de cultos. - Estructura territorial (Estado de las Autonomías): Reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran la nación española y la solidaridad entre todas ellas (Art. 2), superando el centralismo histórico mediante un modelo descentralizado.

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